Estas son todas las ayudas del Gobierno que pueden cobrar las personas divorciadas

Tras un divorcio, una de las partes siempre queda más desprotegida , sobre todo si se ha dedicado a las tareas domésticas. El Gobierno de España contempla esta serie de ayudas que siempre están vigentes.

padre divorciado junto a su hija
Las ayudas del Gobierno de España disponible para padres y madres divorciados en España Canva
Isabel Gómez

En España, 7 de cada 10 matrimonios terminan en divorcio. Un sorprendente dato que dio a conocer el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su último estudio sobre Nulidades, Separaciones y Divorcios. Generalmente, cuando esto ocurre, una de las partes queda en desigualdad económica. ¿Qué ayudas del Gobierno se pueden pedir? Existen hasta cuatro ayudas siempre que se cumplan los requisitos.

Echando un vistazo a la estadística, en el país tendrían lugar 12 divorcios cada hora. Si se tiene en cuenta que muchas de esas personas no están trabajando o simplemente realizan labores del hogar, como las amas de casa, resulta fundamentar protegerles con una compensación económica. No solo por parte de la Justicia, sino también por parte de los organismos públicos cuando la situación sea de auténtica vulnerabilidad económica.

¿Cuáles son todas las ayudas que pueden solicitar las personas divorciadas en España? Son cuatro y corresponden con las siguientes:

Pensión compensatoria

Por vía judicial, una persona desde que la separación puede pedir una pensión compensatoria, dirigida exclusivamente al cónyuge que haya visto empeorada su situación económica con respecto a la que disfrutaba en matrimonio. Así lo contempla el Código Civil y es importante no confundirla con la pensión de alimentos, que está destinada para la manutención de los hijos.

Para saber cuánta cuantía corresponde pueden hacerse diferentes cálculos, aunque el más habitual es coger los años de convivencia para los que corresponde un porcentaje determinado. Este se multiplica por los meses en los que la pareja ha convivido en matrimonio. Así:

  • Si convivieron entre 0 y 4 años: se aplica un 16%.
  • Entre 5 y 9 años: se aplica un 26%.
  • Entre 10 y 14 años: se aplica un 38%.
  • 15 y 19 años: un 52%,
  • Entre 20 y 24 años: un 67%.
  • Convivencias de 25 a 29 años: un 84%.
  • A partir de los 30 años: el 100%.

También es necesario tener en cuenta que un juez debe ponderar los ingresos de la parte que tienen que hacerle frente al pago. Esto se hace solicitado la actualización cada año conforme a la tasa de inflación, es decir, el IPC.

Pensión de viudedad

La Seguridad Social recoge en su normativa legal que las personas que hayan roto con su ex y estén divorciados tienen derecho a la pensión de viudedad, si ocurren unas circunstancias concretas. Si el ex cónyuge fallece, por regla general la persona puede cobrar el 52% de la base reguladora del fallecido, aunque puede aumentar al 60% si es mayor de 65 años.

Puede ocurrir que la parte fallecida contrajera un matrimonio posterior o se afianzara como pareja de hecho, por lo que esta pensión contributiva debe repartirse entre la nueva pareja y la ex, siempre que no hubiera vuelto esta a contraer nuevas nupcias.

Una de las mayores ventajas es que es compatible con un trabajo, al mismo tiempo que es vitalicia, es decir, que se cobra a no ser que la persona vuelva a casarse o constituirse como pareja de hecho.

Ingreso Mínimo Vital (IMV)

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social para todas las personas que no alcanzan el mínimo de rentas que el Gobierno de España considera que hay que tener para no caer en una situación de pobreza o de exclusión social. Para ello habrá que cumplir una serie de requisitos.

Funciona como una renta garantizada que se cobra mensualmente y a la que pueden acceder tanto personas trabajadoras, desempleadas, amas de casa… Y se puede solicitar tanto a nivel individual como si se forma parte de una unidad familiar. Quienes no pueden acceder a ella son los pensionistas, por lo que si se recibe la viudedad, no se podrá compatibilizar con el IMV.

La cuantía varía en función de las personas que formen parte de la unidad de convivencia y de si se tienen ingresos mensuales o no. Así, para el 2023 estas son las cuantías máximas que pueden llegar a cobrarse corresponden con las siguientes:

Renta Mínima de Inserción (RAI) de las Comunidades Autónomas

Como indican desde el Ministerio de Derechos Social y Agenda 2023, actualmente en funciones, la Renta Mínima de Inserción corresponden con programas que tienen las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para personas o familias que no tienen los recursos suficientes para cubrir las necesidades básicas. Algo que puede ocurrir tras un divorcio.

Un punto a favor de este tipo de ayuda es que esa cuantía mensual va acompañada de una proceso de intervención social para que, si la persona está desempleada, pueda incorporarse al mercado laboral en el mínimo de tiempo.

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