El subsidio para mayores de 52 años dura hasta que el beneficiario alcance la edad de jubilación, que en 2021 es de 66 años. Si el desempleado consigue un nuevo puesto de trabajo, la prestación se suspende, pasando a cobrar el sueldo por parte de la empresa o la administración pública en el caso de que consiga aprobar una oposición.
En los 451,92 euros que se cobran al mes, están incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social que servirán al desempleado para conseguir cobrar la pensión contributiva de jubilación, es decir que mientras se cobra la ayuda se está cotizando.
La duración del subsidio para mayores de 52 años depende también del tipo de jubilación que quiera o corresponda solicitar el beneficiario. Entre ellas, la anticipada, forzosa o la ordinaria que puede ser contributiva o no contributiva.
¿Cuándo renovar el subsidio para mayores de 52 años?
La ayuda para personas desempleadas mayores de 52 se deberá renovar de manera anual. Para ello, todos los beneficiarios de este subsidio deberán presentar la declaración anual de rentas. Este documento acredita, que el desempleado sigue reuniendo uno de los requisitos clave para seguir cobrando la ayuda y es, la carencia de ingresos.
En otras palabras, para seguir cobrando esta prestación, la persona desempleada deberá acreditar no tener ingresos superiores a 723,5 euros al mes (75 % de salario mínimo interprofesional). Este documento se puede obtener y presentar a través de la Sede Electrónica del SEPE (enlace directo). Se puede presentar durante un horario de 8:00 h a 20:00 h de lunes a viernes. Para aquellas personas que no dispongan de métodos de identificación electrónica un formulario de pre-solicitud.
También es posible presentarlo de forma presencia en alguna de las oficinas de Empleo, pero es necesario contar con cita previa.
Requisitos para cobrar la ayuda de 52 años
Los requisitos que hay que seguir cumpliendo para renovar el subsidio de mayores de 52 años cada seis meses son:
- Estar en situación legal de desempleo.
- No tener un contrato de trabajador fijo discontinuo.
- Tener 52 años, tanto en el momento de presentar la solicitud en el SEPE, como seis meses más tarde, cuando llegue el momento de renovar la ayuda.
- Seguir inscrito como demandante de empleo, es decir, tener la tarjeta del paro al día.
- Cumplir el compromiso de actividad, que aparece en la solicitud del subsidio por desempleo, y que tendrá que marcar y acreditar.
- No superar en ingresos el 75% del SMI (sin contar las pagas extraordinarias).
- Acreditar que el beneficiario del cobro del subsidio cumple con todos los requisitos, excepto el de haber cumplido la edad mínima, para cobrar la pensión de jubilación.
- Tener un mínimo de 6 años de trabajo, dado de alta en la Seguridad Social. Estos datos se pueden consultar tras solicitar la Vida Laboral, que se puede conseguir a través del portal de la TGSS en pocos minutos.
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