A lo largo de todo el año pueden surgir dudas sobre la realización de trámites de la Agencia Tributaria. Sobre todo durante la campaña de la declaración de la Renta, donde no solo surge la pregunta de quién tiene que presentarla, sino también sobre cómo consultar los datos fiscales y otras gestiones. Para realizar los mismos, si se trata de consultas generales, se puede acudir a dos vías: telefónica y presencial.
El primer método para resolver dudas es acudiendo de forma física a algunas de las oficinas de Hacienda. Para localizar la más cercana a la zona de residencia se puede utilizar este buscador de oficinas, donde solo hay que pulsar sobre la comunidad autónoma en la que se viva para encontrar los centros más próximos.
La otra vía disponible es usando la atención telefónica. De elegir esta opción, estos son los teléfonos de interés que ofrece la Agencia Tributaria:
- Información Tributaria Básica: 91 554 87 70 (accesible también a través del 901 335 533).
- Asistencia sobre deudas y recaudación (REC@T): 91 553 68 01 (accesible también mediante el 901 200 350).
- Dudas sobre cuestiones técnicas informáticas: 91 757 57 77 (accesible también a través del 901 200 347). Para información en catalán, también se puede llamar al 93 442 27 64.
Se tiene que recordar que para la realización de cualquier trámite, ya sea en las oficinas o por teléfono, se tiene que solicitar cita previa. Para conseguirla se puede llamar al número 91 290 13 40 o 901 200 351, que atienden al público en horario de lunes a viernes, de 09.00 a 19.00 horas (hasta las 15.00 horas en agosto) o bien emplear la aplicación "Agencia Tributaria". Este servicio es apto para acceder a los servicios generales, ya que la cita no sería válida para la campaña de la renta. Por su parte, si se quiere acudir simplemente para presentar documentos, no será necesario cita previa.
Otro recurso útil es la plataforma INFORMA de la Agencia Tributaria. Se trata de una base de datos por la que, a modo de preguntas y respuestas, se explican los principales criterios de la normativa tributaria. Entre ellos se encuentra el impuesto de sociedades, el impuesto de la Renta, el impuesto de patrimonio, la importación e introducción de mercancías… Entre otros asuntos de interés.
Cómo presentar consultas a la Dirección General de Tributos
Otro asunto distinto, no referente a información general, son las consultas a la Dirección General de Tributos (DGT), donde se pueden consultar dudas tributarias o temas más específicos de los que no se está seguro su aplicación. En este caso se tratan tanto de consultas vinculantes como no vinculantes, pudiendo acceder al historial de las mismas en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Qué son las consultas vinculantes? Aquellas en las que, realizadas mediante la DGT, se obtiene una resolución vinculante para los órganos de entidades de la Administración tributaria encargada de los tributos. Esto quiere decir que si se produjera un error aún siguiendo las instrucciones que se han dado desde Hacienda resolviendo a la consulta, no se podría recriminar como tal ya que se han seguido las pautas marcadas.
Para presentar una de estas consultas, en caso de tener alguna duda, se tiene que plantear un escrito mediante este formulario, donde se resuelven las preguntas formuladas por los obligados respecto al régimen, la clasificación o la calificación tributaria que corresponda en cada caso. Para rellenar este formulario las personas interesadas tienen que identificarse primero en la Sede Electrónica, necesitando contar con certificado electrónico, DNIe o disponer del sistema Cl@ve.
No obstante, antes de enviar una consulta propia se debe realizar una búsqueda en su base de datos para comprobar que no se haya resuelto anteriormente. Para efectuar esta comprobación se puede recurrir al recurso INFORMA, del que se ha hablado en el apartado anterior, o bien consultar la propia base de datos de Consultas Tributarias, más conocida como PETETE, donde están todas las preguntas resueltas desde 1997 hasta 2022.
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