Los autónomos están de suerte en este nuevo año. En el último consejo de ministros del 2023, el Gobierno de España aprobó un tercer paquete de medidas anticrisis para controlar la inflación que les beneficia de forma directa, aunque muchos trabajadores por cuenta propia desconocen cuáles son las ayudas que se prorrogan en 2023 y cuáles son las nuevas a las que pueden acogerse. Ya hay fecha oficial de cada una de ellas.
El estancamiento en la afiliación de autónomos en el RETA de la Seguridad Social el pasado diciembre (solo cinco personas nuevas) es un hecho. El colectivo muestra así la necesidad de miles de negocios en acogerse a las ayudas prorrogadas por el Estado, como la extensión de la rebaja del IVA en la factura de electricidad y la prórroga de ayudas al combustible para algunos sectores.
Una tercera subvención directa a la que podrán acogerse los pequeños empresarios con bajos ingresos corresponde con la ayuda de 200 euros que se reciben en un pago único. Aunque también podrían beneficiarse de ella los empleados que tengan contratados los autónomos si ambos no sobrepasan un límite de ingresos ni de patrimonio.
Las dos primeras medidas tienen unos destinatarios concretos: los trabajadores por cuenta propia del sector del transporte, el agrario, los de la ganadería y los pescadores. Además, estos tienen derecho a dos subvenciones más: la devolución por el incremento del coste del carburante se les retribuirá con el Impuesto Especial de hidrocarburos y, por otra parte, unas ayudas directas que compensan la subida.
Cuándo pueden solicitar los autónomos las ayudas anticrisis del Gobierno en 2023
Con el fin de dar cuenta de las subvenciones y ayudas que son prorrogables a partir de 2023, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, compareció la semana pasada. Así, explicó que se han prorrogado hasta el 30 de junio algunas medidas que afecta a los autónomos.
Una de ellas es la bonificación a los combustibles de 20 céntimos, que solo está disponible para los trabajadores del sector del transporte profesional por carretera, es decir, los camioneros. Quedan así excluidos los taxistas o los repartidores de paquetería. A pesar de ello, la medida prorrogada tiene dos fases: una que contempla ese descuento de 20 céntimos entre el 1 de enero y el 31 de marzo y, otra, una bonificación de 10 céntimos entre el 1 de abril y el 30 de junio.
En el comunicado oficial, donde se detallaron con más profundidad estas medidas, se recoge que las dos ayudas anteriores en función de su tienen derecho o no a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos.
Según este requisito, las empresas que sí se benefician de la devolución, la ayuda podrá recibirse al finalizar cada mes de aplicación de la medida y se calculará en función del los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional.
Quienes no sean beneficiarios de la devolución, queda establecido un sistema de ayudas directas que deben solicitarse a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria entre el 1 de febrero y el 31 de marzo, que serán abonadas en un pago único. Esa bonificación se calcula estimando el consumo de medio año y el tipo de vehículo y está disponible desde el 1 de enero hasta el 30 de junio.
Fecha de solicitud de la ayuda de 200 euros
Como ya ocurrió el pasado verano, los autónomos pueden acogerse a una subvención directa en forma de cheque de 200 euros que es cobrado en un pago único. Para ello, las personas físicas deben demostrar una carencia de rentas de hasta 27.000 euros anuales en 2022 y un patrimonio menor de 75.000 euros anuales hasta el 31 de diciembre de 2022.
La fecha anunciada por Hacienda para solicitar el bono de 200 euros comienza el 15 de febrero y el plazo de solicitud queda abierto hasta el 31 de marzo de este año. En total, un mes y medio que tienen los trabajadores por cuenta propia para acudir a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y pedirlo.
Cabe destacar que debe figurar en la cuenta bancaria el titular de la solicitud y que no pueden acceder a él las familias o personas que sean beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Tampoco los pensionistas ni las personas que cobren algún otro tipo de prestación.
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