Ayer se aprobaron, por parte del Consejo de Ministros que forma el Gobierno de España, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el próximo año 2022. Una de las medidas que se han incluido en estas cuentas económicas es la subida de las pensiones mínimas y las no contributivas, que subirán un 3% a lo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) paga actualmente.
Esta medida, anunciada por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, afectará a 10 millones de pensionistas que se benefician de cualquiera de estos tipos, sean prestaciones contributivas o no contributivas. Además, la propia ministra, hablando de cifras, destacó que “la partida de pensiones contará el próximo año con un total de 171.165 millones de euros”.
Tanto es así que las cuentas actuales cambian radicalmente, todas ellas para vivir un aumento que tendrá lugar, si se aprueban los Presupuestos Generales del Estado, a partir del 1 de enero de 2022. A continuación se mostrará cómo quedarán todas las pensiones mínimas afectadas y también aquellas que se reciben por no haber cotizado lo suficiente a la Seguridad Social.
¿Cuánto se cobrará por una pensión no contributiva?
En primer lugar hay que explicar en qué se va a traducir esa subida del 3% en el pago de las pensiones no contributivas. Hay que recordar que estas se dan cuando no se cotiza lo suficiente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, es decir, al menos 15 años como trabajador. Estas pensiones actualmente se pueden dividir en dos vertientes distintas, por un lado, la de jubilación y, por otro, la de invalidez, ambas con los mismos importes económicos. Los nuevos importes, en función de los beneficiarios que reciban alguna de las dos prestaciones, son:
- Un solo beneficiario: 414,88 euros al mes.
- Dos beneficiarios: 352,65 euros al mes.
- Tres beneficiarios: 331,91 euros al mes.
¿Cuánto se cobrará por las pensiones mínimas en 2022?
Por otro lado se encuentran las pensiones mínimas, en este hay que distinguir hasta 7 tipos de prestaciones contributivas diferentes y, cada una de ellas también se podrá dividir, a su vez, en varios subgrupos. Todo ello en función del contexto personal en el que se encuentre el solicitante de cualquiera de estas pensiones. Las ayudas económicas mínimas que se pueden diferenciar son por jubilación, viudedad, orfandad, SOVI, incapacidad permanente y en favor de los familiares, y que el próximo 2022 contarán con un nuevo importe de pago.
Nuevas pensiones mínimas de jubilación
Las pensiones mínimas de jubilación son aquellas pensiones contributivas que se pueden dividir en dos pequeños grupos, por un lado, aquellos jubilados que alcanzan los 65 años y, por otro, los que abandonan la actividad profesional antes de alcanzar dicha edad. Hay que recordar que todos los pagos que se van a detallar se realizan de manera mensual. Además, el INSS también diferencia si se tiene cónyuge a cargo o no, para ofrecer un nuevo pago mínimo, que es el siguiente:
-
Menores de 65 años:
- Cónyuge no a cargo: 628,2 euros.
- Sin cónyuge: 664,66 euros.
- Cónyuge a cargo: 821,84 euros.
-
Mayores de 65 años:
- Cónyuge no a cargo: 674,24 euros.
- Sin cónyuge: 710,39 euros.
- Cónyuge a cargo: 876,53 euros.
Nuevas pensiones mínimas de viudedad
Por otro lado se encuentran las pensiones mínimas de viudedad. En este caso es la pareja del fallecido quien recibe esta prestación contributiva y que, a su vez, también existen diferentes grupos, teniendo cada uno de ellos una cuantía económica específica. Estas nuevas cantidades que se van a pagar a partir de 2022 a los beneficiarios son:
- Menor de 60 años: 538,18 euros.
- De 60 a 64 años: 664,66 euros.
- Tener 65 años o una discapacidad igual o mayor al 65%: 710,39 euros.
- Tener cargas familiares: 821,84 euros.
Nuevas pensiones mínimas de orfandad
También suben las pensiones mínimas de orfandad. Estas afectan directamente a los hijos que tenga el causante de esta pensión y, por lo tanto, serán ellos quienes reciban este nuevo cobro que abonará la Seguridad Social a partir del próximo año. En este caso también hay que dividir una serie de subgrupos, ya que, en función de cuál sea el contexto social del huérfano, se ofrecerá una cantidad u otra.
- Un beneficiario: 217,12 euros.
- Menor de 18 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65%: 430,23 euros.
- Si sufre orfandad absoluta: 755,30 euros.
Nuevas pensiones mínimas SOVI
Las pensiones correspondientes al Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) también aumentarán dicho 3% el próximo año. En este caso, hay que hablar de dos vertientes, por un lado, lo que se va a cobrar por una pensión SOVI de vejez, invalidez o viudedad y, por otro lado, lo que corresponde a las prestaciones SOVI concurrentes.
- Pensiones de vejez, invalidez y viudedad: 454,95 euros.
- Prestaciones SOVI concurrentes: 441,56 euros.
Nuevas pensiones mínimas en favor de familiares
El sexto tipo de las pensiones mínimas que también subirán en el próximo año con los PGE son las que existen en favor de los familiares. Estas se dan cuando el causante de la prestación contributiva fallece y no puede disfrutar de la misma, por lo que esta ayuda económica se le entrega a los familiares del fallecido. En este tipo de pensiones también existen varios tipos que hay que diferenciar, cada uno de ellos con una cantidad de dinero distinta.
- Beneficiario normal: 217,12 euros.
-
Si no existe ni viuda ni huérfano hay que distinguir dos tipos:
- Beneficiario mayore de 65 años: 524,68 euros.
- Si es menor de 65 años: 494,5 euros.
Nuevas pensiones mínimas de incapacidad permanente
Por último también hay que recordar las pensiones por incapacidad permanente. En este caso existen varios supuestos, pudiendo distinguirse las prestaciones contributivas de esta modalidad en cuatro grupos distintos. Además, cada uno de ellos dependerá de un supuesto especial para el solicitante de esta ayuda, que también tendrá una cuantía diferente si se tiene o no algún familiar a cargo.
-
Total derivada de una enfermedad común:
- Cónyuge no a cargo: 519,12 euros.
- Sin cónyuge: 523,76 euros.
- Cónyuge a cargo: 523,76 euros.
-
Total para personas de entre 60 y 64 años:
- Cónyuge no a cargo: 628,2 euros.
- Sin cónyuge: 664,66 euros.
- Cónyuge a cargo: 821,84 euros.
-
Absoluta o total para personas de 65 años:
- Cónyuge no a cargo: 674,24 euros.
- Sin cónyuge: 710,39 euros.
- Cónyuge a cargo: 876,53 euros.
-
Gran Invalidez:
- Cónyuge no a cargo: 1.011,36 euros.
- Sin cónyuge: 1.065,64 euros.
- Cónyuge a cargo: 1.314,8 euros.
Lo más leído
-
Un hombre consigue jubilarse a los 63 años con una pensión de 2.932 euros después de que la Seguridad Social se la denegara inicialmente
-
Un empleado que llevaba 34 años en El Corte Inglés es despedido sin indemnización por abrir la caja muchas veces sin explicación y la justicia lo declara procedente
-
Un padre niega la herencia de 220.000€ a su hijo para dársela a su nueva mujer, pero la justicia le reconoce la parte legítima
-
Un hombre gana casi un millón de euros en la lotería y seguidamente pierde más de 300.000 euros
-
Tabla con la pensión máxima que puedes cobrar en función de tu sueldo y años cotizados en 2025: estas son las cuantías
-
Precio de la luz por horas mañana sábado 23 de noviembre: cuándo es más barata y más cara en el día