Los garajes de las comunidades de vecinos suelen ser uno de los puntos que generan problemas entre los propietarios de las viviendas. Coches que aparcan fuera de su plaza, molestan a otros vehículos, o algún otro tipo de disputa, pueden terminar con una mala relación entre los vecinos. Algunos están tentados incluso a causar daños a los coches que interrumpen su camino, por ejemplo rayándolos. ¿Se puede poner una cámara que grabe la plaza de aparcamiento para vigilar si algún vecino raya el coche?
Lo primero que hay que tener claro es que las plazas aparcamiento, aunque estén dentro de las zonas comunes del edificio son propiedad de cada vecino. Según explican los administradores de fincas de Communal, de la interpretación del artículo 396 del Código Civil se puede extraer que las plazas de garaje son una propiedad privada. Y como recoge una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos no habría que aplicar la Ley de Protección de Datos (LOPD) y su Reglamento, aunque como se verá más adelante esto no es lo habitual.
La cámara estaba instalada para evitar el vandalismo
Según explican los expertos, en la resolución mencionada se admite que no se aplique la LOPD a la instalación de una cámara en la plaza de garaje, porque la intención de la misma era prevenir actos vandálicos. Además, esta únicamente enfocaba a la plaza de garaje propia y una parte de otra vecina que había dado su consentimiento para la instalación.
También contaba con la aprobación de la junta de vecinos, y se habían puesto carteles informativos de la presencia de la misma, además de que las imágenes solo se almacenaban en el dispositivo durante 6 días.
¿Se puede instalar una cámara de vigilancia en la plaza de garaje?
Pese a esta resolución de la Agencia de Protección de Datos, esta decisión no es lo habitual, no siendo, por tanto, la norma general. Tal y como explican desde Communal, en casos similares la propia Agencia ha impuesto multas a los vecinos por la instalación de dichas cámaras.
Añaden además que el Tribunal Supremo dictó en una sentencia, que para instalar las cámaras en las zonas comunes de la comunidad de vecinos, aunque sean privativas, se necesita consentimiento para tratar datos de carácter personal, por tanto, si aplica la LOPD. Habría que contar también con el consentimiento de la comunidad de vecinos para dicha instalación.
En base a esto, los expertos concluyen en que para evitar posibles problemas a la hora de instalar una cámara de vigilancia en una plaza de garaje de la comunidad de vecinos, deberá tenerse el permiso de la comunidad para ello. Y una vez instalada la cámara deberán cumplirse con las indicaciones de la LOPD de inscribir el fichero en la Agencia Española de Protección de Datos así como colocar un cartel informativo.
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