Desde la Seguridad Social han lanzado un aviso importante a todas las personas que van a solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Además de la prestación, dirigida a los colectivos más vulnerables, pueden recibir hasta 100 euros más al mes con el complemento a la infancia. Este suplemento es un plus económico para las familias con carencias de ingresos que tienen menores de edad a su cargo. Una ayuda para combatir la pobreza infantil.
¿Cómo saber si se tiene derecho a cobrarlo? ¿Y el IMV? Ambas preguntas se responden con el simulador del Ingreso Mínimo Vital habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esta herramienta ha centrado uno de los últimos avisos de la cuenta de Twitter ‘Atención a la ciudadanía’, perteneciente al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Para utilizar este simulador, que muestra si se puede recibir tanto el IMV como el complemento a la infancia, solo hay que acceder a este enlace. Una vez dentro, hay que ir respondiendo a unas sencillas preguntas. Para adelantarse al cuestionario, señalar que casi al final se preguntará por el valor neto de los bienes o propiedades, sin incluir la vivienda habitual. También si se poseen activos no societarios por un valor superior a 92.033,76 euros, excluyendo de nuevo la vivienda habitual.
En caso de que se reúnan todos los requisitos, el simulador informará del importe aproximado que corresponde por la prestación, incluido el complemento a la infancia. No obstante, advertir de que el simulador no tramita la prestación. Es decir, solo funciona para orientar a los posibles beneficiarios. Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital hay que acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social o acudir presencialmente a una de sus oficinas.
Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: ¿tienen que pedir el complemento a la infancia?
Los actuales perceptores del Ingreso Mínimo Vital no tienen que solicitar el complemento a la infancia. Si cumplen los requisitos, se le reconoce de oficio. El INSS también lo asigna directamente a los solicitantes del IMV que tienen el expediente en trámite y a los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan con las condiciones exigidas. Estos son los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% si la unidad de convivencia no ha cambiado. Aunque no se puede cobrar ambas ayudas, debiendo elegir una.
Cuánto se cobra con el complemento a la infancia
Como su propio nombre indica, el complemento a la infancia es un plus económico que se suma a la cuantía que habitualmente se cobra del IMV. Dependiendo del número de menores de edad que formen la unidad de convivencia, y de la edad cumplida a 1 de enero del ejercicio correspondiente, se determinará un importe u otro. Así quedan fijadas las cuantías de este complemento:
- Menores de tres años: 100 euros.
- Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros.
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.
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