Cuando una persona termina de trabajar consecuencia de un despido, jubilación o se encuentra con una incapacidad permanente tiene el derecho a pedir una prestación contributiva siempre que hubiera cotizado un mínimo de tiempo. En el caso de no contar con ese mínimo no quedarán desprotegidas, ya que tanto la Seguridad Social (INSS) como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con una serie de ayudas para su protección económica.
Las prestaciones no contributivas son ayudas que se conceden a aquellas personas con una situación económica vulnerable. Es decir, no toda persona que no tenga derecho a una prestación contributiva podrá acceder a ella. Hay que demostrar esa carencia de ingresos.
Cuando están relacionadas con el desempleo se encargarán de su aprobación el SEPE, mientras que si es por jubilación, invalidez o carencia de ingresos en una unidad de convivencia, será el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien conceda dicha ayuda.
Prestaciones de la Seguridad Social
Dentro de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social es posible solicitar hasta tres tipos de ayudas. Mientras que una de ellas está enfocada a personas y familias con bajos ingresos, las otras estarán destinadas a jubilados y personas con discapacidad.
Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social que nace con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia.
Según las personas que conformen la unidad de convivencia, el INSS establecerá una cuantía. Esta cuantía será lo que debería de percibir el beneficiario sumando los ingresos de la unidad. Cada año estas cuantías varían conforme al nivel de ingresos y requisitos.
Es decir, si se aprueba una ayuda 904,60 euros al mes, pero se tienen ingresos por el importe de 463,21 euros al mes, la Seguridad Social ingresaría una cuantía mensual de 441,39 euros mensuales.
Con la reciente subida del 15 % aprobada por el gobierno de España, las cuantías del IMV para 2022 quedan de la siguiente forma:
- Un adulto: 565,37 euros al mes.
- Un adulto y un menor: 734,99 euros al mes.
- Un adulto y dos menores: 904,60 euros al mes.
- Un adulto y tres menores: 1.074,22 euros al mes.
- Un adulto y cuatro o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Dos adultos: 734,99 euros al mes.
- Dos adultos y un menor: 904,60 euros al mes.
- Dos adultos y dos menores: 1.074,15 euros al mes.
- Dos adultos y tres o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Tres adultos: 904,60 euros al mes.
- Tres adultos y un menor: 1.074,22 euros al mes.
- Tres adultos y dos o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Cuatro adultos: 1.074,22 euros al mes.
Pensiones no contributivas
Dentro de la Seguridad Social y gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) están las pensiones no contributivas, que cuentan con dos tipos: las de jubilación y las de invalidez.
En las de jubilación se accede al final de la vida laboral de un trabajador, siendo esta edad en 2022 los 65 años. Por otro lado, en las de invalidez se solicita en el caso de que una persona cuente con una discapacidad igual o superior al 65 %.
En ambas se requiere que el solicitante no supere unos ingresos anuales de 5.899,60 euros, en el caso de vivir solo. Si vive con otros familiares, la cuantía aumentará, pero se tendrá en cuenta los ingresos de toda la unidad.
Las cuantías para 2022 quedarán fijadas de la siguiente manera:
Por jubilación:
- Íntegra es de 421,40 euros al mes en 14 pagas (5.899,60 euros al año).
- La mínima del 25 % serían 105,35 euros en 14 mensualidad (1.474,90 euros anual).
Por invalidez del 65 %:
- Íntegra es de 421,40 euros al mes en 14 pagas (5.899,60 euros al año).
- Las mínimas del 25 % serían 105,35 euros en 14 mensualidad (1.474,90 euros anual).
- Íntegra más Incremento 50 % sería 632,10 euros al mes (8.849,40 euros al año).
Subsidios del SEPE
En el caso de las prestaciones no contributivas por desempleo se encuentran los denominados como subsidios por desempleo. Estas son ayudas que se conceden si tras agotar el paro se sigue en situación de desempleo o que este se encuentre en una situación económica vulnerable.
Todos los subsidios mantienen la misma cuantía, que es equivalente al 80 % del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples (IPREM). Esta cuantía se sitúa en 2022 en los 463,21 euros al mes.
Ahora, la duración será diferente según el tipo subsidio que se solicite, qué ira desde los seis meses hasta los treinta. En este listado se pueden consultar la duración según el subsidio solicitado:
- Subsidio para mayores de 45 años, seis meses de duración.
- Ayuda familiar, ira desde los 18 meses hasta los 30 meses.
- Renta Activa de Inserción, 11 meses con la posibilidad de solicitarse hasta tres veces.
- Subsidio extraordinario por desempleo, seis meses de duración.
- Subsidio para emigrantes retornados, 18 meses de duración.
- Ayuda para personas liberadas de prisión, 18 meses de duración.
Todos los subsidios deben de renovarse cada seis meses y se deberá de cumplir con las obligaciones del SEPE en las que se encuentra, por ejemplo, sellar el paro.
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