Nuevas ayudas para los autónomos hasta el 31 de enero. El BOE del 30 de septiembre de 2020 que incluye la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero presenta una nueva prestación extraordinaria para autónomos por suspensión de actividad, que aumenta en el caso de que en el alta autónomos figure que tiene familia numerosa.
Es una prestación extraordinaria nacida por la pandemia del Covid que incluye la creación de una nueva prestación por cese de actividad y prorroga la prestación por cese compatible con la actividad para los autónomos de temporada.
No solo amplía esta ayuda para autónomos cuatro meses más, sino que además este RD 30/2020 contempla una serie de requisitos para que tenga más cobertura. Una nueva prestación para trabajadores autónomos con ingresos bajos que no alcanzan los requisitos para pedir la ayuda para trabajadores con cuenta propia.
Requisitos para solicitar la nueva prestación para autónomos
Para cobrar esta prestación extraordinaria para trabajadores autónomos, debes cumplir una serie de requisitos antes de enviar la solicitud a la Sede Electrónica del SEPE o de forma presencial en las oficinas mediante cita previa SEPE.
Hace unos días, conocimos la existencia de una prestación por desempleo para trabajadores autónomos de 472 euros. Ahora completamos la información con esta nueva ayuda económica para trabajadores de alta autónomos con su puesto de trabajo afectado por el coronavirus.
- Estar afiliado o dado de alta en el Régimen General para trabajadores autónomos en la Seguridad Social, al menos 30 días antes de entregar la solicitud.
- Estar al corriente del pago de todas las cuotas de la Seguridad Social para trabajadores autónomos.
La solicitud de la prestación extraordinaria para autónomos por suspensión de actividad tienes que presentarla antes del día 15 de octubre, según aparece en el RD 30/2020.
Quienes no lleguen a los requisitos necesarios para pedir esta prestación extraordinaria para autónomos, podrán pedir una especial para trabajadores por cuenta propia que tengan bajos ingresos.
Cuándo voy a cobrar con la nueva prestación por suspensión de actividad
Para saber cuánto vas a cobrar con la nueva prestación por suspensión de actividad si estás de alta autónomo, es el 50% de la base mínima de cotización que corresponda según el sector donde tenga el trabajador por cuenta propia su puesto de trabajo.
Esta cantidad será de un 20% más si eres familia numerosa. Durante el tiempo en que cobres esta nueva prestación para autónomos, el trabajador no pagará cuotas, pero seguirá contando su alta en la Seguridad Social.
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