Lo que hasta hace pocos meses parecía una utopía en materia de derechos laborales, este mes de abril se ha materializado. Las empleadas del hogar tendrán derecho a pedir la prestación por desempleo. Así lo ha confirmado el Gobierno de España que ratifica el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, conocido por sus siglas como OIT, en el que también se regula la igualdad de trato con el resto de trabajadores en cuanto a descansos y vacaciones. No obstante, la pregunta que ahora se hace este colectivo en el que predomina la presencia femenina es cuándo podrán solicitar el paro en 2022.
Lo cierto es que la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ya trabaja en la puesta en marcha de esta ayuda ofrecida por el SEPE con el Ministerio de Exteriores por lo que se espera que se regule esta situación en los próximos meses. A continuación, deberá ser aprobada en el Consejo de Ministros. Una vez llevado a cabo este paso, solo queda que la votación salga adelante en el Congreso de los Diputados para que la norma se publique en el BOE y finalmente entre en vigor.
Un apunte rápido al respecto, hay que recordar que esta iniciativa por parte del Ejecutivo viene motivada por el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que marcaría un antes y un después y en el que se deja muy claro que "existe una discriminación indirecta para no cobrar la prestación por desempleo por razón de sexo que no tiene justificación alguna". Una vez aclarado este punto, también es importante conocer cuáles serán las cuantías, duración y condiciones para acogerse a este derecho. Pero antes hay que desvelar cuál será la fecha exacta en la que se producirá este logro histórico.
Trabajadoras domésticas: Esta es la fecha en la que se prevé el cobro de la prestación por desempleo
El cobro de la prestación por desempleo podría llegar en el cuarto trimestre del año 2022, esto es, a finales de este mismo año. Esto es lo que se prevé teniendo en cuenta las últimas declaraciones de la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, pronunciadas a finales de marzo: "Ya está en la antesala del Ministerio de Exteriores para ser dirigido a las Cortes Generales" que continuaba su discurso anunciando que “es una gran importancia y, sobre todo, de mucho interés porque el Reino de España tiene la obligación de cumplir con la sentencia que ha dictado el TJUE".
En cuanto a la duración, se debe conocer que por cada año trabajado se tiene derecho a cobrar 4 meses de paro. Lo primero que hay que saber es que entre los requisitos generales, se deben tener en cuenta las cotizaciones que no hayan sido computadas de los últimos años en la Seguridad Social. Se deberá cumplir con estas obligaciones:
- Tener cotizados al menos 360 días durante los seis años anteriores a la situación de desempleo, es decir, desde que se perdió el trabajo.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento en que se pierde el puesto.
- Estar dado de alta como demandante de empleo.
- Encontrarte en situación de desempleo por haber sufrido un despido, haber finalizado el contrato o haber sufrido una reducción de jornada de más de un tercio de la duración inicial. No es válido para la baja voluntaria.
- No tener 65 años o más, ya que entonces se tendría que solicitar la pensión de jubilación.
- No estar cobrando una pensión de la Seguridad Social incompatible con el cobro de la prestación por desempleo.
Otro aspecto relevante es que las empleadas del hogar tienen el mismo derecho a cobrar la paga extraordinaria al igual que el resto de trabajadores, ya sea de forma prorrateada, esto es, de forma mensual o bien mediante el sistema convencional, con 2 pagas extras. Una en junio y otra en diciembre. En términos generales, debe ser igual a la nómina que está cotizando con respecto al resto de meses, sin incluir ningún descuento de cotización. Estas son las tablas salariales actualizadas para este año.
Bandas salariales
- 40 horas semanales: 1166,66 euros
- 35 horas semanales: 1.094,80 euros
- 30 horas semanales: 938,40 euros
- 25 horas semanales:782,00 euros
- 20 horas semanales: 625,60 euros
- 15 horas semanales: 469,20 euros
- 10 horas semanales: 312,80 euros
- 5 horas semanales: 156,40 euros
- 1 hora semanal: 31,28 euros
Lo más leído
-
Un padre niega la herencia de 220.000€ a su hijo para dársela a su nueva mujer, pero la justicia le reconoce la parte legítima
-
Un empleado de Mercadona es despedido por beberse una Fanta sin pagarla y la justicia dice que es procedente
-
Las pensiones no contributivas subirán 350 euros en 2025
-
Un trabajador consigue la jubilación anticipada a los 64 años después de que la Seguridad Social se la denegara
-
Tabla con la pensión máxima que puedes cobrar en función de tu sueldo y años cotizados en 2025: estas son las cuantías
-
Precio de la luz por horas mañana viernes 22 de noviembre: cuándo es más barata y más cara en el día