Este jueves, 13 de junio, será un día clave para los interinos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) va a aclarar si los interinos que han encadenado durante años un contrato con otro deben ser convertidos a indefinidos. Se trata de un fallo que podría revertir la situación de miles de empleados públicos, aunque es importante aclarar que no se trata de la contestación de Europa a la cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo.
El fallo del TJUE, que se va a conocer este jueves, resolverá tres casos particulares remitidos por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 17 de Barcelona: una interina que lleva encadenando de forma sucesiva contratos de interinidad desde mayo de 2005; una segunda interina que ha encadenado contratos desde diciembre de 1984; y una tercera que comenzó trabajando en la Administración como interina en mayo de 1991 y sigue en esta situación hasta ahora.
Según el citado Juzgado, las tres trabajadoras vienen desempeñando funciones idénticas a las de los funcionarios y han respondido a necesidades que no son temporales, urgentes ni excepciones, sino ordinarias, duraderas y permanentes. Así pues, el fallo del TJUE sobre estos tres casos podría aclarar si la Administración española ha cometido un abuso de la contratación temporal y si la respuesta debe ser sancionar con la conversión de los interinos afectados en indefinidos. De ser así, podría suponer un importante precedente para los numerosos casos que hay pendientes de resolución en los tribunales españoles.
Posible adelanto de la respuesta del TJUE al Supremo
La sentencia que va a emitir el Tribunal de Justicia de la Unión Europea este jueves va a resolver únicamente los tres casos citados. Sin embargo, esta resolución, además de un precedente, podría suponer un adelanto a la respuesta que tendrá que dar más adelante a la cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo el pasado 30 de mayo, donde piden al TJUE que aclare su fallo de febrero de 2024.
En este fallo, el órgano europeo denunciaba que España no estaba actuando correctamente para disuadir a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal, lo que iría en contra del Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada. En concreto, señalaba que la normativa española no cuenta con las “medidas adecuadas” para prevenir y sancionar adecuadamente la utilización sucesiva de contratos temporales y del contrato indefinido no fijo, prorrogados continuamente.
Como posible solución, el TJUE planteaba “la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos”, aunque al mismo tiempo añadía que es la justicia española quien tiene que determinar si se debe modificar la jurisprudencia nacional consolidada y si esta es compatible con los objetivos del citado Acuerdo Marco. Sin embargo, el Tribunal Supremo tiene sus dudas, motivo por el que decidió elevar una cuestión prejudicial a Europa.
Con esta cuestión, el Alto Tribunal quiere conocer si es conforme al Derecho de la Unión Europea la doctrina jurisprudencia que niega el reconocimiento de fijos a los interinos que no han superado un proceso de selección conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación, recogidos en la normativa española (artículos 14 y 103.2 de la Constitución Española y artículo 14.2 del Tratado de Funcionamiento de la UE).
En segundo lugar, el Supremo también pregunta al TJUE que si un aumento de la indemnización por despido podría ser una medida “adecuada y suficiente” para cumplir con la normativa europea en la prevención y sanción de los abusos derivados de la utilización sucesiva e indebida de los contratos temporales en el sector público.
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