El Gobierno de España, en el Consejo de Ministros del 29 de marzo, aprobó el anteproyecto de la Ley de Familias. Una norma que se ajusta a la nueva realidad familiar española y que vela, principalmente, por la conciliación laboral y familiar de todos los trabajadores. Una de sus medidas más destacadas son los nuevos permisos retribuidos, entre los que se encuentra el permiso de 5 días al año para faltar al trabajo por motivos familiares.
Este permiso se puede pedir para atender a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o conviviente, este último sin necesidad de que tenga que guardar una relación de parentesco. Lo pueden utilizar los trabajadores en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
Por ejemplo, se puede pedir para acompañar a la pareja al médico o cuidar de los hijos en caso de que enfermen. Teniendo en cuenta que se puede pedir para familiares hasta segundo grado de consanguinidad (o para nuestra pareja), es importante señalar cuáles son los familiares que entran dentro de este grupo: padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos. Recordar que este permiso, de 5 días anuales, es retribuido. Esto es, es pagado, por lo que se sigue cobrando el mismo salario aunque se tenga permiso para faltar al trabajo.
Nuevos permisos retribuidos de la Ley de Familias
El permiso de 5 días no es el único que incluye la Ley de Familias. Encontramos un segundo de 4 días anuales, también retribuido, por ausencia por fuerza mayor familiar. Es decir, se podrá pedir para emergencias familiares imprevisibles que requieran de una atención inmediata. Se podrá disfrutar también por horas y no solo por días completos.
Por último, encontramos el permiso retribuido de 8 semanas, de carácter parental. En un principio, no iba a ser pagado como los anteriores, pero como confirmó el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, a 'Noticiastrabajo’ en la rueda de prensa posterior a los datos del paro, finalmente sí tendrá que serlo, ya que lo obliga la legislación europea. Eso sí, tienen de plazo hasta agosto de 2024 para hacerlo efectivo.
Este se puede solicitar por los padres hasta que el hijo/a cumpla 8 años y también se puede disfrutar de forma escalonada: por horas, por días completos o por semanas completas, siempre que se hayan agotado los permisos por nacimiento. En 2023 será solo de 6 semanas, aunque a partir de 2024 ya sí será de 8 semanas.
Cómo se pueden disfrutar los nuevos permisos retribuidos
Estos permisos retribuidos de la nueva Ley de Familias, que se debe tramitar ahora por la vía parlamentaria, permitirán que los trabajadores puedan cuidar de sus hijos o atender sus necesidades familiares sin tener que renunciar a su trabajo. Al respecto, se podrán disfrutar de forma individual o compartida, por lo que permite que cada familia se pueda organizar acorde a su situación e intereses.
Otras medidas destacadas de esta normativa, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, es la ampliación de la “renta crianza”, de 100 euros al mes para hijos de entre 0 y 3 años; la ampliación del subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo para familias de acogida y adoptantes; la extensión de la pensión de orfandad hasta los 26 años; o el permiso por cuidado de menor con una enfermedad grave, que también aumenta hasta los 26 años en caso de discapacidad.
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