Los subsidios por desempleo son ayudas económicas otorgadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a personas desempleadas que han agotado su prestación contributiva o que, aunque no tengan derecho a ella, se encuentran en una situación económica vulnerable. Entre los ocho subsidios que administra este organismo, el subsidio para mayores de 52 años es particularmente beneficioso, ya que contribuye a la cotización para la pensión de jubilación y no tiene un límite establecido de duración.
Debido a las características que lo hacen diferente al resto, el SEPE exige que se cumpla con sus obligaciones. De no hacerlo o incumplir sus medidas, el organismo podría llevar a cabo sanciones y proceder a la retirada temporal o total de la ayuda. De hecho, el organismo recuerda constantemente en las redes sociales cuáles son las obligaciones de sus beneficiarios.
El subsidio para mayores de 52 años, que representa una ayuda significativa para muchos desempleados en situación económica desfavorable, equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), resultando en una cuantía de aproximadamente 480 euros al mes.
Las infracciones al cobrar el subsidio para mayores de 52 años
El SEPE puede imponer sanciones a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años por un total de 13 motivos diferentes, tal y como explica en su propia página web. Estas sanciones se clasifican según la gravedad de la infracción en categorías: leves, graves y muy graves. Dependiendo de la gravedad de la misma, la sanción puede ir desde la retirada por unos meses de la ayuda hasta la retirada para siempre.
Infracciones leves
- No presentarse en la fecha y lugar indicados por el SEPE, los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación, cuando se ha sido citado previamente.
- No devolver a los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación el certificado que acredita la asistencia a las citas para posibles ofertas de empleo.
- No cumplir con las exigencias establecidas en el compromiso de actividad acordado con el SEPE.
- No proporcionar a los servicios públicos de empleo la información necesaria para recibir notificaciones.
- No mantener el requisito de estar inscrito como demandante de empleo, condición necesaria para la continuidad en la recepción del subsidio. (así puedes inscribirte de manera sencilla)
Infracciones graves
- No informar al SEPE sobre la suspensión o extinción de las prestaciones cuando exista un motivo válido para ello o cuando ya no se cumplan los requisitos esenciales para recibir los beneficios y se hayan recibido pagos indebidos.
- Rechazar una oferta de empleo adecuada, ya sea a través de los servicios públicos de empleo o de una agencia de colocación.
- Negarse a participar en actividades de colaboración social, programas de empleo, acciones de promoción, formación o reorientación profesional ofrecidas por los servicios públicos, así como en las acciones de orientación e información profesional proporcionadas por las agencias de colocación.
Infracciones muy graves
- Actuar de manera fraudulenta para obtener prestaciones indebidas o en una cantidad superior a la debida, así como para prolongar indebidamente su duración.
- Compatibilizar las prestaciones con trabajos por cuenta propia o ajena, a menos que esté permitido en casos de trabajos a tiempo parcial.
- Coludirse con empleadores para recibir prestaciones por desempleo de forma indebida.
- No utilizar o desviar los fondos recibidos en concepto de prestación por desempleo de acuerdo con lo establecido en los programas de fomento de empleo.
Las sanciones por las que se pierde el subsidio para mayores de 52 años
El SEPE puede imponer distintas sanciones según la gravedad de la infracción cometida por el ciudadano. Si alguien comete una infracción de nuevo, esto tendrá un efecto negativo, ya que prolongará el tiempo de las sanciones y, en última instancia, el período durante el cual no recibirá el subsidio.
Para cada tipo de infracción, se tienen en cuenta las cometidas en un período natural de un año a partir de la primera infracción. Si la segunda infracción ocurre después de un año, el contador se reinicia desde cero.
En el caso de cometer una infracción leve por primera vez, llevará a la pérdida de la prestación durante un mes. En el caso de reincidir, la siguiente sanción leve será de tres meses, y en el caso de hacerlo por tercera vez, serán seis meses. En el caso de hacerlo por una cuarta vez, el SEPE quitará el subsidio por completo.
En el caso de las sanciones graves, la primera sanción será de tres meses de subsidio, y si se repite dos veces, la suspensión será de seis meses. Los desempleados que cometan esta acción tres el SEPE quitará la ayuda.
En el caso de cometer una sanción muy grave, el SEPE suspenderá definitivamente el subsidio de 52 años. Además, no se podrá solicitar este subsidio nunca más, lo que dejará al beneficiario desprotegido para seguir cotizando para la jubilación a través de esta ayuda.
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