Las empleadas del hogar ya tienen derecho a acceder a todas las prestaciones contributivas y subsidios por desempleo que gestione el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). De esta forma, las empleadas domésticas igualan sus derechos al del resto de trabajadores al cotizar bajo el Régimen General de la Seguridad Social. Ahora, es posible que muchas trabajadoras se pregunten cómo se accede, cuánto se cobra y qué duración tiene.
Lo primero que hay que saber, es que no existe una prestación contributiva específica de las empleadas del hogar. El paro es igual para todos los trabajadores y que regula el Real Decreto 625/1985 publicado en este Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta se solicita al SEPE, pero para acceder es necesario reunir una serie de requisitos. Su duración y cuantía dependerá de la base reguladora y días cotizados a la Seguridad Social. Al acabar, si siguiera en situación legal de desempleo, podrá solicitar los subsidios por desempleo.
Requisitos para que las empleadas del hogar cobren la prestación por desempleo
Para acceder a la prestación por desempleo a nivel contributivo es necesario que la empleada del hogar hubiera perdido su trabajo de manera involuntaria o que vea reducida temporalmente su jornada de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %.
Además, hay que cumplir con los requisitos que especifica el SEPE en su página web. Entre ellos se encuentra, estar afiliada y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social, encontrarse en situación de desempleo e inscrita como demandante y mantener dicha condición mientras se cobra la prestación.
También, es necesario haber cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la finalización de la relación laboral. Estas cotizaciones servirán para determinar la duración de la prestación.
Cuantías y duración de la prestación por desempleo para las empleadas del hogar
La cuantía de la prestación por desempleo durante los primeros 180 días será el 70 % de la base reguladora y a partir del día 181 será el 60 % de dicha base.
Esta prestación tiene unas cuantías mínimas y máximas que dependerá de si tiene o cargas familiares. Estos topes irán en función de un porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente más incrementado en una sexta parte. En 2023, son las siguientes.
Cuantías mínimas de paro:
- Sin hijos/as (80 % del IPREM incrementado en una sexta parte): 560 euros mensuales.
- 1 hijo/a o más (107 % del IPREM incrementado en una sexta parte): 749 euros mensuales.
Cuantías máximas de paro:
- Sin hijos/as (175 % del IPREM incrementado en una sexta parte): 1.225 euros mensuales.
- 1 hijo/a (200 % del IPREM incrementado en una sexta parte): 1.400 euros mensuales.
- 2 hijos/as o más (225 % del IPREM incrementado en una sexta parte): 1.575 euros mensuales.
La duración de la prestación contributiva funciona bajo la regla del cuatro por uno, es decir, por cuatro meses trabajados se tendrá derecho a uno de paro. En la siguiente tabla las empleadas del hogar pueden consultar cuál es la duración de paro según los días cotizados:
Días de cotización | Días de prestación |
---|---|
de 360 a 539 | 120 |
de 540 a 719 | 180 |
de 720 a 899 | 240 |
de 900 a 1079 | 300 |
de 1080 a 1259 | 360 |
de 1260 a 1439 | 420 |
de 1440 a 1619 | 480 |
de 1620 a 1799 | 540 |
de 1800 a 1979 | 600 |
de 1980 a 2159 | 660 |
desde 2160 | 720 |
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