Los pensionistas que pueden conseguir un extra de 1.700 € en la pensión: cómo conseguirla

Pueden solicitar este complemento extra los pensionistas que perciban una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

Qué pensionistas pueden cobrar un extra por haber cuidado a sus hijos durante el periodo de actividad laboral.
Francisco Miralles

En España, 10 millones de personas son beneficiarias de alguna pensión contributiva por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. A veces el importe que se percibe de esta no es suficiente, ya que cuenta con hijos a cargo que en mayor o menor medida perjudicó a la hora de cotizar para la pensión. Ante esta situación, existe una alternativa que los beneficiarios de una pensión pueden solicitar a la Seguridad Social, y es a través del complemento para reducir la brecha de género.

El objetivo de este complemento para la reducción de la brecha de género es un plus de las pensiones contributivas en España, para reparar el perjuicio que han sufrido las carreras profesionales de las mujeres trabajadoras por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos. Aunque está destinado para las mujeres, también pueden solicitarlo los hombres.

La cuantía de este complemento, al igual que para las pensiones contributivas y no contributivas, se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Según la reforma de las pensiones, esta se revalorizará conforme al IPC.

Cómo conseguir 1.700 euros extra en la pensión

El complemento para reducir la brecha de género podrán solicitarlo las personas con hijos que sean beneficiarias de una pensión de jubilación contributiva, de incapacidad permanente o de viudedad reconocidas después del 4 de febrero de 2021.

La Seguridad Social establece que quien perciba este complemento sea la mujer, aunque también pueden solicitarlo los hombres. Para que los soliciten estos, es necesario demostrar que el nacimiento del hijo/a perjudico a la cotización de su pensión. Adicionalmente, se deberá cumplir estos requisitos de cotización:

  • Para nacimientos anteriores a 1995, tendrán que tener al menos 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores y los tres años posteriores al nacimiento.
  • Para nacimientos a partir de 1995, la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción deberán de ser inferiores en más del 15 % a la suma de las de los dos años anteriores. 

La cuantía de este complemento se ha visto revalorizado en 2023 junto con las pensiones un 8,5%, pasando de los 27 euros que de percibir en 2022, a los 30,4 euros que se cobra ahora en 2023.

Así, los pensionistas que cuenten con un hijo a cargo cobrarán 30,4 euros al mes (425,6 euros anuales), mientras que si tienen dos hijos, percibirán 60,8 euros (851,2 euros al año). Los que tengan tres hijos recibirán una cuantía de 91,2 euros al mes (1.276 euros por año) y en los casos de tener cuatro o más hijos el importe será de 121,6 euros (1.702,4 euros al año).

Este complemento se cobra en 14 pagas, por lo que recibe dos extraordinarias, una que se cobra ahora en junio con la extra de verano de las pensiones y otra en noviembre.

Además, La Seguridad Social no tendrá en cuenta el límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima. En otras palabras, se podrá cobrar por encima de la pensión máxima y en el caso de la mínima no se cobrará de menos, beneficiando así al pensionista.

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