Una de las mayores preocupaciones de los trabajadores es saber cuál será la cuantía de la pensión jubilación que les quedará al momento de jubilarse. La edad de retiro, las cotizaciones acumuladas o la base reguladora son esenciales para determinar la cuantía de esa pensión que los trabajadores cobrarán una vez acabada su trayectoria profesional.
Todos los trabajadores pueden saber qué pensión cobrarán gracias al método de cálculo de las pensiones de jubilación que tiene la Seguridad Social. En este método se tienen en cuenta tres variables que son: los años cotizados, la bases reguladora y la edad ordinaria de jubilación. Los dos primeros servirán para determinar la cuantía y el tercero puede suponer un recorte en la pensión en el caso de solicitar a la jubilación anticipada.
Calcular la pensión de jubilación
Actualmente, para calcular la base reguladora, esta se hace con bases de cotización por contingencias comunes del trabajador durante los últimos 25 años previos a la solicitud de jubilación. Estas bases son los últimos 300 meses, que habrá que sumarlos y posteriormente, dividirlo entre 350, el resultado será la base reguladora o lo que es lo mismo, el 100 % de la pensión a la que se tendrá derecho.
Dentro de este periodo el trabajador podrá incluir tanto las lagunas de cotización, cotizaciones ficticias, así como los convenios especiales de la Seguridad Social.
Ahora, sabiendo la base reguladora, habrá que aplicar el porcentaje al que se tiene derecho según los años cotizados. A esto hay que tener en cuenta que el trabajo en el momento de jubilarse accede cuando le corresponde, es decir, respetando la edad de jubilación.
En 2023, la edad de jubilación se encuentra en los 65 años, para los que cuenten con 37 años y 9 meses cotizados a la seguridad social. En caso de no llegar a esas cotizaciones, la edad se sitúa en los 66 años y cuatro meses.
Qué pensión me corresponde según los años cotizados
Según los años cotizados, la pensión que le corresponde un trabajador irá desde el 50 % y hasta 100 %, siempre y cuando haya cotizado al menos 15 años, que es el mínimo que exige la Seguridad Social para acceder a la prestación contributiva.
De esta forma, con 15 años, se tendrá derecho al 50% de la base reguladora obtenida. A partir de ahí, por cada mes se irá sumando un porcentaje extra a la pensión. Estos serían los porcentajes:
- A partir de los 15 años, por cada mes hasta los 49 meses se aplicará un 0,21 % extra sobre la base reguladora.
- A partir del mes 229 por cada mes más cotizado se sumará un extra del 0,19 % sobre la base reguladora.
En este listado se puede consultar que porcentaje de la pensión que tenemos derecho según los años cotizados:
- Con 15 años cotizados: corresponde el 50 % de la base reguladora.
- Con 16 años cotizados: corresponde el 52,52 % de la base reguladora.
- Con 17 años cotizados: corresponde el 55,04 % de la base reguladora.
- Con 18 años cotizados: corresponde el 57,56 % de la base reguladora.
- Con 19 años cotizados: corresponde el 60,08 % de la base reguladora.
- Con 20 años cotizados: corresponde el 62,60 % de la base reguladora.
- Con 21 años cotizados: corresponde el 65,12 % de la base reguladora.
- Con 22 años cotizados: corresponde el 67,64 % de la base reguladora.
- Con 23 años cotizados: corresponde el 70,16 % de la base reguladora.
- Con 24 años cotizados: corresponde el 72,64 % de la base reguladora.
- Con 25 años cotizados: corresponde el 74,92 % de la base reguladora.
- Con 26 años cotizados: corresponde el 77,20 % de la base reguladora.
- Con 27 años cotizados: corresponde el 79,48 % de la base reguladora.
- Con 28 años cotizados: corresponde el 81,76 % de la base reguladora.
- Con 29 años cotizados: corresponde el 84,04 % de la base reguladora.
- Con 30 años cotizados: corresponde el 86,32 % de la base reguladora.
- Con 31 años cotizados: corresponde el 88,60 % de la base reguladora.
- Con 32 años cotizados: corresponde el 90,88 % de la base reguladora.
- Con 33 años cotizados: corresponde el 93,16 % de la base reguladora.
- Con 34 años cotizados: corresponde el 95,44 % de la base reguladora.
- Con 35 años cotizados: corresponde el 97,72 % de la base reguladora.
- Con 36 años o más cotizados, la pensión es el 100 % de la base reguladora.
A partir de los 36 años y 6 meses ya se tendrá derecho al 100 % de la base reguladora obtenida, que no es lo mismo que la pensión máxima.
Qué pasa si mi pensión está por debajo de la mínima
Si tras hacer el cálculo la pensión, la cuantía fuera por debajo de la mínima fijada cada año por el Gobierno según los Presupuesto Generales del Estado (PGE) se podría solicitar el complemento a mínimos en la pensión. Este complemento es una cuantía económica que se añade a la pensión contributiva, y que tiene como objetivo, que esta alcance la pensión mínima vigente de cada año.
El complemento por mínimos no es consolidable y se mantendrá siempre y cuando el pensionista no supera un límite de ingresos anuales, que actualmente se encuentra en los 8.614 euros, tal y como regula el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
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