Las cuantías de las pensiones por incapacidad permanente, sus cuantías máximas y mínimas, se han visto revalorizadas para este año 2023, un 8,5%. Esta subida llevada a cabo por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por José Luis Escrivá, afecta a todos los grados de estas prestaciones, es decir, a la parcial, total, absoluta y gran invalidez.
En España, hay un total de 10 millones de pensionistas, de los cuales 945.332 son pensionistas beneficiarios de la incapacidad permanente. La pensión media para 2023 se sitúa en los 1.106 euros, tras aplicarse la revalorización de 8,5 % conforme al IPC.
Esta es una prestación económica del Instituto Nacional de la Seguridad Social que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.
¿Cuánto es la pensión máxima por incapacidad permanente?
La cuantía máxima de la pensión por incapacidad permanente es 42.823,34 euros anuales, que repartidos en 14 pagas (12 mensualidades y dos extraordinarias), son 3.058,81 euros mensuales.
Esta cuantía será tanto si se cobra una pensión por incapacidad como si se cobran otras de manera simultánea. Por ejemplo, una incapacidad total más otra de jubilación. La única forma de superar esta cuantía sería cobrando un complemento, es decir, que se perciba el complemento para reducir la brecha de género o el de gran invalidez.
Al igual que existe una cuantía máxima, también habrá unas cuantías mínimas. Estas son fijadas en los Presupuestos Generales del Estado vigentes cada año. Estas buscan garantizar unos ingresos mínimos al beneficiario.
Cuantías mínimas de la pensión por incapacidad permanente
La cuantía mínima por incapacidad permanente en 2023, está entre los 572,3 euros y los 1.449,30 euros mensuales. Estas cuantías varía dependiendo del grado, la edad y de que tenga o no familiares a su cargo y, que no supere el límite de ingresos establecido.
Es decir, se puede cobrar por debajo del mínimo si el beneficiario cuenta con ingresos superiores a los 8.614,00 euros anuales, tal y como regula el artículo 59 de la Ley General de la Seguridad Social.
A continuación, estas son las cuantías mínimas para cada tipo de incapacidad.
Gran Invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 20.290,20 euros anuales, 1.449,3 euros al mes.
- Sin cónyuge: 16.445,80 euros al año, 1.174,70 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 15.610,00 euros al año, 1.115 € al mes.
Incapacidad permanente absoluta o total de 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 13.526,80 euros al año, 966,20 € al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 10.406,20 euros al año, 743,30 € al mes.
- Sin cónyuge: 10.963,40 euros al año, 783,10 euros al mes
Pensiones de incapacidad permanente total de entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 12.682,60 euros al año, 905,90 € al mes
- Con cónyuge no a cargo: 9.695,00 euros al año, 692,5 € al mes.
- Sin cónyuge: 10.256,40 euros al año, 732,6 € al mes
Pensiones de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común en menores de 65 años:
- Con cónyuge a cargo y sin cónyuge: 8.082,00 euros al año, 577,3 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 8.012,20 euros al año, 572,3 euros al mes.
Parcial de régimen de accidente de trabajo (titular con 65 años):
- Con cónyuge a cargo: 13.526,80 euros al año, 966 euros al mes.
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 10.963,40 euros al año, 783,10 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 10.406,20 euros al año, 743,30 euros al mes.
Pensión no contributiva por incapacidad o invalidez:
- Íntegra: 6.784,54 euros al año, 484,61 euros al mes.
- Íntegra más el incremento del 50 %: 10.176,81 euros anuales, 726,92 € mensuales.
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