Reforma de las pensiones 2023: qué cambia a partir del 1 de abril tras su aprobación

El Gobierno ha conseguido aprobar la segunda reforma de las pensiones que entrará en vigor a partir del 1 de abril. Entre otras medidas, se plantea una subida del 22 % de las pensiones mínimas y un sistema dual para calcular la pensión.

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, este martes en el Senado | EP EFE
Francisco Miralles

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la segunda reforma de las pensiones del Gobierno de España, impulsada el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá. Esta reforma ya se encuentra regulada bajo el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, y donde se establecen las medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Esta medida ha salido aprobada con 179 votos a favor, 104 en contra y 61 abstenciones. PSOE, Unidas Podemos, ERC, EH Bildu, PDeCAT y Coalición Canaria han votado a favor; PP y Ciudadanos, en contra (104). Vox, por su parte, se ha abstenido (52). Esta segunda reforma se apoyará sobre tres pilares básicos que son el incremento de las bases máximas de cotización, la creación de una nueva cuota de solidaridad busca gravar los salarios más altos y que no genera derecho a ningún tipo de contraprestación y la sustitución del mecanismo automático que garantice mejorar la pensiones más modestas.

A continuación, se detallan todas las medidas aprobadas en esta reforma de las pensiones, que empezará a funcionar a partir del 1 de abril.

Nuevo modelo dual para calcular la cuantía de la pensión

Ahora la pensión podrá calcularse o bien con los últimos 25 años o escoger los 29 años, de los cuales se podrá excluir los dos peores. Esta nueva modalidad de cálculo comenzará a funcionar de manera progresiva a parir de 2027 y hasta 2038, año en que ya solo se podrán acceder a los 29 años, quitando los dos peores. Esta sería la tabla:

Año Nuevo periodo Quitando los dos peores
2027 304 302
2028 308 304
2029 312 306
2030 316 308
2031 320 310
2032 324 312
2033 328 314
2034 332 316
2035 336 318
2036 340 320
2037 344 322
2038 348 (29 años) 324 (27 años)

Bases máximas

La base máxima de cotización subirá cada año conforme al IPC, más una cuantía fija de 1,2 puntos entre 2024 y 2050. Esta medida supondrá un acumulado del 38% hasta 2050. Cada cinco años deberá ser pactará la subida de las bases máximas de cotización, enviando un informe a la Comisión del Pacto de Toledo.

Pensión máxima

Con la nueva reforma de las pensiones, la pensión máxima también se revalorizará con el IPC, más el 0,115% hasta el mismo año 2050. Esto será más o menos un alza del 3%. Desde 2051 y hasta 2065 se producirán incrementos adicionales con el objetivo que en 2065, la pensión máxima haya subido un 20% de manera acumulativa.

Subida de las pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas por jubilación e invalidez crecerán por encima de la revalorización media de las pensiones, hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.

De esta forma, pasarían de los 6.784,54 euros anuales actuales (en caso de cuantía integra), hasta alcanzar casi 8.300 euros anuales en 2027 (592,85 euros mensuales).

Subida de las pensiones mínimas contributivas

La nueva reforma de las pensiones garantizará que las pensiones mínimas contributivas alcancen, al menos, el 60% de la renta mediana. Para esta mejora, el gobierno tomará como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, que deberán alcanzar entre 2024 y 2027 el 60% de la renta mediana correspondiente de un hogar que estuviera conformado por dos adultos.

De esta forma, en 2024, se incrementará la cuantía mínima un 20%. En 2025, la mejora sería del 30% y en 2026, del 50%. En 2027 acabará con una mejora total del 60%.

Esta subida supondrá que la mínima de jubilación pasen de los actuales 13.500 euros anuales, hasta 16.500 euros (1.200 euros mensuales, en 14 pagas) en el año 2027, según las estimaciones publicadas por la Seguridad Social.

No solo mejorará las de jubilación, también las de viudedad. Se prevé que estas mejoren entre 1.775 y 3.800 euros anuales en cuatro años, equiparándolas con las pensiones contributivas de jubilación.

Brecha de género

El complemento para reducir la brecha de género que se percibe en las pensiones contributivas subirá un 10 % adicional a su revalorización anual en el bienio 2024-2025. Ahora mismo, este tiene una cuantía de 30,40 euros (425,6 euros anuales).

Mejora en las lagunas de cotización

Se mantendrá el modelo actual sobre las lagunas de cotización. Es decir, aquellos periodos en los que no se ha cotizado, ya sea por la pérdida del empleo, por motivos personales o porque se ha cotizado por debajo del mínimo debido a un contrato a tiempo parcial. En el caso de las mujeres mejorará.

Ahora, los tiempos en los que no se pudieron cotizar se compensarán con el 100% de la base mínima durante los primeros cuatro años (48 meses) y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49. Las mujeres asalariadas podrán acceder al 100 % de la base mínima entre los meses 49 y el 60 de vacío, es decir, 5 años. A partir del mes 61 y hasta el séptimo año (84 meses) se cotizará por el 80% de la base mínima.

El gobierno también reconocerá los tres primeros años de excedencia por cuidado de hijos y familiares como cotizados. Esta medida también afectará a los trabajadores autónomos como lagunas de cotización.

Cuota de solidaridad

Se establece una cuota de solidaridad que afectará a los salarios que superen la base máxima de cotización. En 2023, esta se sitúa en los 53.946 euros anuales. Esta cuota será del 1 % en 2025, qué irá incrementando su porcentaje un 0,25 % por año, hasta llegar al 6 % en 2045. Este nuevo tributo corresponderá el 5 % a cargo de la empresa y el 1 % a cargo del trabajador.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Este nuevo tributo empezó a funcionar desde el uno de enero de 2023 y que afecta a todos los trabajadores por cuenta propia o ajena. Actualmente, se sitúa en el 0,6% repartido entre la empresa (un 0,5%) y el trabajador (un 0,1%).

Este subirá una décima por año hasta 2029, hasta el 1,2%. Del cómputo total, el trabajador solo abonará el 0,2% mientras que a la empresa le corresponderá el 1%. Este impuesto, que es temporal, se mantendrá de 2030 a 2050 y, en un principio, no se prevé que suba, salvo que el coste de las pensiones superase el 15% del PIB.

Jubilación parcial

Hasta ahora poco se sabe, pero el Gobierno de España se compromete a negociar y tener una propuesta antes del 30 junio de 2023. El objetivo del ejecutivo es, el de garantizar un régimen de compatibilidad efectiva entre trabajo y pensión, de tal forma que en el contrato de relevo no se pierda calidad en el empleo y que se pueda, así, equilibrar el coste para esta modalidad de pensión.

Fiscalización por parte de la AIReF

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) será quien “fiscalizará” esta reforma con el objetivo de garantizar al gobierno que el gasto de las pensiones no supere el 15 % del Producto Interior Bruto (PIB). Cada tres años a contar desde 2025, AIReF enviará un informe sobre la evolución de los ingresos.

En el caso de que se superase el gasto en pensiones por encima de ese PIB, se propondrá al Pacto de Toledo medidas para reducir el gasto, incrementar los ingresos u otra fórmula alternativa que eleve los ingresos.

¿Cuándo entra en vigor la reforma de las pensiones 2023?

El 1 de abril de 2023, entrará en vigor la segunda reforma de las pensiones, aunque ya se encuentren publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) bajo el Real Decreto-ley 2/2023.

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