Cuando una persona trabajadora pierde su empleo y ha cotizado un mínimo de tiempo, tiene derecho a pedir una prestación por desempleo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Dependiendo de la situación personal y familiar del trabajador podrán acceder a una u otra ayuda. En el caso de las personas mayores de 52 años pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años. Esta ayuda de 480 euros al mes se percibe hasta encontrar trabajo o llegar a la edad de jubilación, además de cotizar para la pensión. Al ser un subsidio por desempleo tan ventajoso y que cotiza para la jubilación, es necesario que los beneficiarios cumplan con unos requisitos para que el SEPE no suspenda o deniegue la ayuda.
Las personas mayores de 52 años es uno de los colectivos más vulnerables a la hora de reincorporarse al mercado laboral. Según los últimos datos aportados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, 430.903 son las personas desempleadas que perciben este subsidio. De ahí la importancia de saber cuáles son los trámites y requisitos que deben reunir para no perder esta ayuda que se puede cobrar hasta que se alcanza la edad legal de jubilación.
Otro de los beneficios es, que es posible compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años con un trabajo. Según explica la web del SEPE, si se está cobrando un subsidio por desempleo y se empieza a trabajar por cuenta ajena a tiempo completo, se interrumpe el abono del subsidio, aunque en el caso de la ayuda para mayores de 52 años hay excepciones. Según detalla el portal:
Podrán compatibilizar, en general, los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena, las personas trabajadoras desempleadas mayores de 52 años, inscritas en las oficinas de empleo, beneficiarias de cualquier subsidio, siempre que sean contratadas a tiempo completo, de forma indefinida o temporal, en cuyo caso, la duración del contrato debe ser superior a tres meses.
Motivos por los que el SEPE puede quitar el subsidio para mayores de 52 años
Existe una serie de motivos por los que el SEPE puede suspender de forma temporal o permanente el subsidio para personas desempleadas mayores de 52 años. El primero de ellos, es presentar cada 12 meses la declaración anual de rentas, donde se detallan todas las rentas que cobra el beneficiario. Este documento se debe presentar dentro de los 15 días hábiles tras cada año completo de subsidio.
Superar el límite de rentas puede ser otra de las razones por las que se pierda la prestación. La razón es que este subsidio es una ayuda asistencial, es decir, está destinada a trabajar en situación de desempleo con carencia de ingresos económicos. El límite de ingresos siempre será el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI) en el cómputo mensual, que en 2023, se sitúa en los 810 euros mensuales.
Otras de las razones por las que puede suspender de manera temporal la ayuda para mayores de 52 años es por no renovar la demanda de empleo o trabajar fuera de España.
Razones por las que el SEPE deniega el subsidio para mayores de 52 años
Para cobrar el subsidio para mayores de 52 años que gestiona el SEPE es necesario que las personas trabajadoras cumplan con una serie de requisitos. Estos se encuentran recogidos en la página web Servicio Público de Empleo Estatal y son los siguientes:
- Es necesario estar en situación legal de desempleo e inscrito como demandante de empleo. En el caso de las personas fijas discontinuas solo podrán acceder siempre que la fecha del hecho causante sea superior al 2 de marzo de 2022.
- El desempleado deberá tener 52 años o más y encontrarse en algunas de las siguientes situaciones: haber agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo; ser emigrante retornado; ser una persona liberada de prisión; haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial; que sin tener derecho a paro cuente con al menos entre 90 y 359 días.
- Reunir los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, excepto la edad. Es decir, tener al menos 15 años cotizados de los cuales al menos 2 años se encuentren dentro de los últimos 15 años.
- Carecer de rentas superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, salvo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. En 2023, esta cuantía se sitúa en los 810 euros mensuales.
Reuniendo estos requisitos se podrá solicitar el subsidio para mayores de 52 años en la Sede Electrónica del SEPE. Cabe recordar que esta ayuda tiene un importe de 480 euros al mes. Esto es, el 80 % del Indicador Público de Reta de Efectos Múltiples (IPREM).
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