Las personas que cobran la prestación contributiva por desempleo, más conocida como el paro, o los subsidios, deben de saber que hay un caso en el que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) les puede reducir la cuantía de la ayuda: cuando se ha encontrado un trabajo a tiempo parcial y se decide compatibilizar la prestación en vez de suspenderla.
Tal como explica el SEPE en su página web, existen dos opciones en caso de estar cobrando el paro o los subsidios y encontrar un empleo a jornada parcial: interrumpir la ayuda y reanudarla cuando finalice el contrato (si el contrato duró más de 360 días, se deberá pedir una nueva) o bien compatibilizar el empleo con el cobro de la prestación.
Si se elige esta última opción, la duración de la ayuda no cambia. Pero sí varía el importe que se recibe mensualmente, ya que este será menor. En concreto, se reducirá en proporción de la jornada laboral que se realice. Por ejemplo, si el trabajo es a media jornada (que es el máximo permitido para acogerse a esta posibilidad), se cobrará la mitad de la ayuda, que es el 50%. O, si la jornada es del 20% de la jornada habitual, se cobrará el 80% de la prestación.
Cuidado con el requisito de rentas de los subsidios por desempleo
En el cado de los subsidios por desempleo, hay que atender a un requisito especial para seguir cobrando la ayuda mientras se trabaja a tiempo parcial. A diferencia del paro, para ser beneficiario de un subsidio es necesario cumplir con un requisito de rentas: no se pueden tener ingresos por encima del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
Este límite se sitúa en 850,50 euros mensuales este 2024, por lo que si con el trabajo a tiempo parcial se cobra más de esta cantidad, no se podrá compatibilizar dicho empleo con el subsidio, ya que se estaría incumpliendo el requisito de rentas y, por tanto, se estaría obligado a suspender la ayuda. Sin embargo, atendiendo a que la compatibilidad es solo con trabajos a jornada parcial, es difícil que se llegue a superar este límite de ingresos.
Obligación de informar al SEPE en todos los casos
En todos los casos hay que informar al SEPE de que se va a empezar a trabajar a tiempo parcial: “Como persona beneficiaria de prestaciones por desempleo tienes obligación de comunicar tu colocación al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), independientemente de que pueda conocerse por otros medios. La empresa que firma el contrato no tiene obligación de informar al respecto”, especifica el propio organismo.
La comunicación, en la que se debe señalar si se quiere compatibilizar la ayuda con el empleo o suspenderla mientras dura el contrato, se puede realizar de tres formas diferentes: mediante el servicio ‘Comunicación de variación de situación Personal, Familiar, Laboral o de Rentas’ de la Sede Electrónica del SEPE, a través del formulario de pre-solicitud o acudiendo presencialmente a sus oficinas, para lo que se necesita pedir cita previa.
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