Las personas mayores de 45 años que tras agotar la prestación contributiva siguieran sin trabajo podrán acceder al subsidio para mayores de 45 años. Esta ayuda de 2.880 euros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está destinada a desempleados mayores de dicha edad que no tenga responsabilidades familiares.
El SEPE considera que una persona tiene responsabilidades familiares si tiene a su cargo a su cónyuge, hijos o hijas menores de 26 años, mayores de edad con discapacidad, o menores acogidos. Estos dependientes deben convivir y depender económicamente del solicitante y no deben tener ingresos mensuales que superen el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI).
Esta es una de las tres ayudas que se pueden pedir tras agotar el paro. Las otras son, el subsidio familiar, destinada para desempleados con cargas familiares, y el subsidio para mayores de 52 años, que se cobra de manera indefinida hasta llegar a la edad de jubilación.
Para acceder a este subsidio es necesario demostrar una vulnerabilidad de ingresos, ya que son consideradas como ayudas asistenciales para el desempleo. En este caso, el límite es el 75% del SMI, que son 850,5 euros al mes.
Por otro lado, se necesita estar desempleado y en situación legalmente reconocida como tal. Además, debe estar inscrito como demandante de empleo y mantener esa inscripción activa durante todo el período en el que reciba la prestación.
Cuanto se cobra y durante cuánto tiempo
Cómo explica la web del SEPE, la ayuda tiene una cuantía de 480 euros al mes, que corresponde con el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples). La duración será de seis meses sin posibilidad de solicitar una prórroga, por lo que la cuantía total es de 2.880 euros.
En el caso de agotar el subsidio para mayores de 45 años y seguir sin empleo, se podra acceder o bien a la Renta Activa de Inserción que son 11 meses con la posibilidad de solicitar hasta tres prórrogas y el subsidio extraordinario por desempleo con una duración de seis meses. Esto, siempre que se reúnan los requisitos.
Donde se solicita y cuando se cobra
La solicitud del subsidio para mayores de 45 años se puede presentar de varias formas: a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en la oficina de prestaciones con cita previa obtenida por la misma vía electrónica o por teléfono, llamando al 91 926 79 70 o al 060. El plazo para presentar esta solicitud es de 15 días hábiles, contando desde el día siguiente al que se encuentra en situación legal de desempleo.
El subsidio se abona de forma mensual, entre los días 10 y 15 de cada mes, correspondiendo al mes anterior (es decir, a mes vencido). Este pago se realiza, salvo excepciones, en la cuenta bancaria de la que el beneficiario sea titular.
Otras noticias interesantes
-
Cuándo se cobra el paro y los subsidios por desempleo: esta es la fecha en la que el SEPE hace el ingreso
-
Cuáles son los requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 45 años
-
El SEPE multa quitando el subsidio para mayores de 45 años a quien rechace empleo o cursos
Lo más leído
-
Trabajo confirma una multa de 7.500 euros a cada trabajador por incumplir con el registro horario
-
La empresa de Amancio Ortega busca personal y ofrece sueldos de hasta 300.000 euros
-
Revisa tu nómina: los dos datos que debes comprobar para saber si cobras lo que te corresponde
-
Una empleada de Mercadona vuelve de una incapacidad temporal, se niega al cambio de horario, la despiden y este es nulo por el Tribunal Supremo
-
El SEPE denegará el subsidio para mayores de 52 años a los desempleados que no hayan cotizado al menos 6 años por desempleo
-
Precio de la luz por horas mañana, 11 de noviembre: cuándo es más barata y cara