La declaración de la Renta no siempre es un trámite sencillo. Las equivocaciones al presentarla son bastante frecuentes, por lo que surge la duda de si se puede anular una declaración ya presentada. Este error puede causar problemas entre la Agencia Tributaria y el contribuyente. Por lo que Hacienda permite una modificación siempre que la información sea incorrecta.
Presentar el borrador de la declaración de la Renta 2022 tiene unos pasos concretos. En ocasiones la equivocación no viene tanto de presentar la declaración del IRPF sino del contenido que se incluye en él. ¿Cómo modificar la declaración de la Renta? El procedimiento cambia en función de si el error causa un perjuicio al contribuyente o a la propia administración tributaria.
En el primer escenario, es aquel en que el afectado es la persona física, es necesario solicitar la rectificación de la declaración. Un trámite que se puede realizar a través de Renta WEB, acceder al expediente y marcando la casilla 127. Es lo conocido como una ‘rectificación de una autoliquidación’, que este año corresponde al ejercicio 2022.
Esta corrección puede traducirse en que la cantidad a devolver o pagar sea superior o inferior a la solicitada en un principio. Sin embargo, esto no es determinante y la equivocación no tiene por qué afectar al resultado.
La cosa cambia cuando los errores cometidos sí que suponen un perjuicio para la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Cuando ocurran errores u omisiones es necesario presentar una declaración complementaria. La situación es provocada cuando el ingreso al Fisco es inferior al que corresponde o cuando la devolución recibida es superior a la procedente. El ciudadano tiene que seguir paso a paso el siguiente procedimiento, en función del error ocasionado.
Cuándo es posible modificar el borrador de la declaración de la Renta
Desde la Agencia Tributaria explican que es posible modificar el borrador en cualquier momento de la campaña de la Renta al detectar el fallo. Pero, en cualquiera de los casos, la persona dispone de un plazo de cuatro años para efectuar cambios. Un tiempo que coincide con el que tiene la AEAT para revisar el impuesto sobre la renta.
Cómo modificar la declaración de la Renta en caso de error
La gestión para modificar el borrador de la renta una vez aprobado es posible efectuarse mediante la plataforma web de Hacienda. Así lo explica el siguiente video de la administración pública tributaria.
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Así, una vez dentro de la Sede Electrónica de la AEAT, hay que acceder al apartado de la Campaña de la Renta y dentro de ella, entrar al ‘Servicio tramitación de borrador/declaración' (es decir, a la Renta WEB). También es posible pulsar en ‘Modificación de una declaración ya presentada’, disponible en la página de gestiones del IRPF y del Modelo 100. A continuación, hay que seguir los siguientes pasos:
- Identificarse mediante certificado digital, DNIe, sistema Cl@ve o número de referencia.
- Seleccionar quién es el sujeto de la actuación, es decir, si se actúa en nombre propio o como representante.
- En la opción ‘Servicios Disponibles’, acceder a ‘Modificar declaración’.
- Una vez dentro, pinchar en ‘Modificar declaración presentada'.
- Pulsar en la autoliquidación que sea necesaria modificar.
- Seleccionar el tipo de modificación: declaración complementaria o rectificación de la autoliquidación.
- Marcar la casilla 127 y seleccionar la opción ‘Si desea iniciar un procedimiento de rectificación’. Ahí se muestran todos los detalles relativos al cambio. Para terminar hay que pulsar en ‘Aceptar’.
- Tras el procedimiento anterior, hay que ir a la pestaña Apartados, corregir o incluir los datos erróneos.
- Confirmar que toda la información sea correcta. Es posible efectuar una comprobación previa mediante el ‘Resumen de declaraciones’.
- Validar los datos.
- El proceso finaliza al seleccionar la opción ‘Presentar declaración’.
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