Son varias los momentos en los que los padres tienen dificultades económicas al enfrentarse a una de las situaciones más difíciles ser padre de una familia monoparental. Es por eso que dudan sobre qué ayudas existen para padres solteros, separados y divorciados en 2023. Una incertidumbre antes un posible cambio de Gobierno de España, si se llega al caso.
Entidades públicas como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la Seguridad Social y Hacienda ofrecen hasta ocho ayudas para estos, ya que ha habido novedades y nuevas prestaciones con respecto al 2022. Tienen un punto en común, ayudas a estos progenitores en la crianza de sus hijos. Y es que, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), hay casi dos millones de hogares monoparentales.
Antes de comenzar a explicar cuáles son todas ellas, hay que destacar que no todas son exclusivas para padres solteros, divorciados o separados. Realmente, todas las personas que cumplan los requisitos pueden ser beneficiarias de las mismas.
Ayudas por nacimiento o adopción para padres solteros
El Instituto Nacional de la Seguridad Social tenía una prestación por ayudas por hijo a cargo o por nacimiento o adopción. Ahora esta ayuda está destinada a las familias monoparentales que cuenten con una discapacidad de al menos un 65%. Los padres que no cumplan los requisitos pueden solicitarla, pero la cobrarán en forma de Ingreso Mínimo Vital.
Ayuda por hijo a cargo para padres solteros
La prestación por hijo a cargo consiste en una ayuda económica a la que pueden acceder los padres por cada uno de los hijos que tuviera. Es concedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social sin importar su fuesen hijos biológicos o no.
Pueden solicitarla los padres con hijos menores de edad afectados con una discapacidad de entre un 33%, al mismo tiempo, que los mayores de 18 años con minusvalías superiores al 65%. Cabe destacar que se cobra dos veces al año, cada seis meses.
Cuantías de la prestación por hijo a cargo
Las cuantías de la ayuda por hijo a cargo varía en 2023, enunció de la situación particular de cada hijo, como se verá a continuación:
- Los hijos mejores de edad, con discapacidad igual o superior al 33% pueden cobrar 1.000 euros al año por hijo. No se exige límite de recursos económicos.
- Los hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%: 5.439,60 euros al año. Tampoco se exigen límites de ingresos.
- Hijos mayores de 18 años con discapacidad superior al 75%: 8.158,80 euros al año. Al igual que las anteriores, no se exigen límites de renta.
Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital consiste en una prestación no contributiva a modo de renta garantizada a las familias, también monoparentales, con graves situaciones económicas. Todos los padres que sean separados, divorciados o solteros tienen prohibido superar los siguientes límites:
- Un adulto y un menor: 28.495,07 euros anuales.
- Un adulto y dos menores: 36.636,52 euros anuales.
- Un adulto y tres menores: 44.777,96 euros anuales.
- Un adulto y más de tres menores: 52.919,41 euros anuales.
Cuantías del IMV para padres solteros en 2023
En función de la unidad de convivencia, la Seguridad Social asignará una cuantía fija, para los padres que no tengan más ingresos que esta prestación al mes, o una renta garantizada, siempre que no se superen las siguientes cuantías:
- Padre y un menor: 859,37 euros al mes.
- Padre y dos menores: 1.028,90 euros al mes.
- Padre y tres menores: 1.198,60 euros al mes.
- Padre y cuatro o más menores: 1.368,21 euros al mes.
- Padre más un adulto: 734,99 euros al mes.
- Padre más un adulto y un menor: 904,60 euros al mes.
- Padre más adulto y dos menores: 1.074,21 euros al mes.
- Padre más adulto y tres o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Padre y dos adultos a cargo: 904,60 euros al mes.
- Padre con dos adultos y dos o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Padre más tres adultos a cargo: 1.074,21 euros al mes.
- Padre más tres adultos y un menor: 1.243,83 euros al mes.
- Otras situaciones: 1.243,83 euros al mes.
Subsidio por desempleo con cargas familiares
A ojos del Servicio Público de Empleo Estatal, una persona tiene cargas familiares cuando se está desempleado y en su unidad familiar hay hijos menores de 26 años. Aquellos que hayan agotado el paro, cuando tengan unas rentas inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional al mes, pueden optar al subsidio por desempleo con responsabilidades familiares.
Presenta una cuantía fija mensual que corresponde con el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2023 es de 480 euros al mes. Su duración varía en función de la edad y del paro consumido. Así:
- Padres desempleados menores de 45 años que han agotado un paro de menos de cuatro meses, le corresponden 18 meses de subsidio.
- Los menores de 45 años, con un paro superior a cuatro meses, le corresponden 24 meses de subsidio.
- Los mayores de 45 años que consumieran un paro menor de cuatro meses, tienen derecho a una ayuda asistencial de 24 meses.
- Los mayores de 45 años y hay un paro consumido superior a cuatro meses, el subsidio será de 30 meses.
Renta Mínima de Inserción
Las Comunidades Autónomas tienen unos Salarios Sociales o Rentas Mínimas de Inserción, quedan destinadas a personas que carecen de suficientes recursos económicos y están el alto riesgo de exclusión social.
Cada Comunidad Autónoma gestiona su propia renta de inserción y las mismas podrán compatibilizarse con el IMV. Tener en cuenta que no se concederán las ayudas de forma supletoria, sino que complementará a la otra.
Ayuda de 100 euros por hijo menor de 3 años
Consiste en una ayuda de 100 euros al mes por hijo a cargo que puede cobrarse mensualmente o desgravarse en la declaración de la Renta por una cuantía de 1.200 euros. Pueden cobrarla los padres con hijos con edades comprendidas entre los 0 y 3 años. Es lo que se conoce como ‘Renta de crianza’.
Pueden cobrarlas estas personas con la implantación de la nueva Ley de Familias:
- Madres que cobre el paro o un subsidio por desempleo.
- Madres que trabajen a tiempo parcial o completo.
- Familias monoparentales porque una de las partes están ingresadas por más de un año o permanezca en prisión o porque tengan la guarda y custodia.
- El padre tras el fallecimiento de la madre.
- Cuando los progenitores sean del mismo sexo.
Permiso laboral de 8 semanas
Consiste en una prestación para los padres con hijos mejores de ocho años siempre que tengan que cuidarlos. A partir de agosto de 2024 deberá ser retribuido.
Los padres tienen derecho a disfrutar hasta 8 semanas, de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla los 8 años, como queda recogida en la Ley de Familias y en los nuevos permisos laborales que contempla la norma.
Debe ser la persona quien inicie y fin del disfrute o, en su caso, los periodos de disfrute. Debe comunicarse a la empresa con una antelación de 10 días o la concretada por los convenios colectivos, salvo caso de fuerza mayor, del mismo modo que se tendrán en cuenta las necesidades organizativas de la empresa.
Esta, por razones organizativas, tiene la potestad de aplazar la concesión por un “periodo razonable”, siempre que los justifique por escrito y tras haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible.
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