La generación del teletrabajo se ha instalado en España tras el devastador paso del coronavirus o covid. Un nuevo fenómeno en materia de derechos laborales que hasta ese momento no estaba regulado y para el que se tuvo que publicar en el BOE la Ley 10/2021 de trabajo a distancia o de teletrabajo, impulsada por la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
Concretamente, entró en vigor en nuestro país el 13 de octubre de 2020 en plena pandemia por la crisis sanitaria. Sin embargo, un año y medio después son muchos los trabajadores se siguen preguntando: ¿cómo solicitar el teletrabajo a la empresa? Para dar una respuesta, lo primero que hay que tener claro es qué es el teletrabajo y, sobre todo, saber en qué se diferencia del trabajo a distancia.
Y es que, aunque a priori ambos conceptos puedan parecer lo mismo, lo cierto es que ambos casos tienen carácter voluntario y reversible tanto para el empleado como para la empresa. Sin embargo, en el caso del teletrabajo se debe cubrir un mínimo del 30% de la jornada laboral y, además, debe estar reflejado en un acuerdo entre empresa y empleado. Por lo que el empleador deberá escribir en el contrato de trabajo los gastos que supone aceptar esta nueva modalidad de trabajo.
Para resumir, el trabajo a distancia es entendido como el trabajo que se realiza fuera de los centros habituales de la empresa, mientras que el teletrabajo es una subespecie que implica la prestación de servicios con nuevas tecnologías, gracias al uso prevalente o exclusivo de medios o sistemas informáticos o telemáticos.
Cómo solicitar el teletrabajo en tu empresa
La Ley del Trabajo a distancia no establece la forma concreta en la que se debe solicitar el teletrabajo a la empresa. Por lo tanto, para pedir el teletrabajo a la empresa, lo más recomendable es redactar una carta de solicitud de teletrabajo. Pero, ¿qué información hay que incluir en la carta de solicitud de teletrabajo?
En primer lugar, hay que tener claro a quién hay que dirigirse. Por ejemplo, en el caso de las pequeñas y medianas compañías, normalmente el escrito lo recibe directamente el jefe o responsable de nuestro trabajo. Sin embargo, cuando se trata de grandes corporaciones o multinacionales, lo mejor es que se gestione con el responsable del equipo de Recursos Humanos.
Información valiosa a incluir
- Indicar la situación personal de cada candidato, incluyendo todos los motivos que empujan a esa persona a querer realizar sus tareas fuera de la oficina. En todo caso, justificarlos para que queden claros, se tengan en cuenta y se valoren.
- Describir detalladamente los beneficios que puede suponer para la empresa.
- Detallar cómo se llevarían a cabo la relación de tareas y funciones diarias desde un lugar que no sea el lugar de trabajo habitual.
- Proponer un horario, ya sea el de siempre o uno nuevo que se ajuste a la petición de teletrabajo, destacando la proactividad y flexibilidad para adaptarse a los cambios.
- Sugerir métodos para cuantificar la productividad del trabajador o, incluso, establecer objetivos que se quieran conseguir.
- Por último, recordar los motivos por lo que no se debería prescindir del puesto de trabajo y recordar la importancia de la vacante que se ocupa, señalando con entereza los puntos fuertes a destacar y metas conseguidas hasta el momento.
¿Qué hacer si mi empresa me acepta teletrabajar?
En caso de que la solicitud de teletrabajo sea finalmente aceptada con éxito, el empleador y la persona contratada deberán adoptar un acuerdo por escrito en el que se deberá recoger todas las informaciones pertinentes, incluidas las especificidades que derivan del trabajo a distancia y que permiten garantizar con claridad y transparencia el contenido de sus elementos esenciales.
Desde que entrase en vigor el Real Decreto-ley 28/2020, debe estar firmado tanto por parte del trabajador como por la de la empresa en el plazo de tres meses. Asimismo, el acuerdo deberá contener los siguientes contenidos específicos:
- Inventario de los medios, equipos y herramientas, incluidos los combustibles y los elementos muebles, así como la vida útil o periodo máximo para la renovación de estos.
- Enumeración de los gastos que pudiera tener la persona que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, así como forma de cuantificación por parte de la empresa.
- Horario de trabajo de la persona trabajadora y dentro de él, reglas de disponibilidad.
- Porcentaje y distribución entre trabajo presencial y trabajo a distancia.
- Centro de trabajo de la empresa al que queda adscrita la persona trabajadora a distancia y donde, en su caso, desarrollará la parte de la jornada de trabajo presencial.
- Lugar de trabajo a distancia elegido por la persona trabajadora para el desarrollo del trabajo a distancia.
- Duración de plazos de preaviso para el ejercicio de las situaciones de reversibilidad, en su caso.
- Medios de control empresarial de la actividad.
- Procedimiento a seguir en caso de producirse dificultades técnicas que impidan el normal desarrollo del trabajo a distancia.
- Duración del acuerdo de trabajo a distancia, condiciones de reversibilidad del teletrabajo o si la empresa decide pactar un periodo de prueba.
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