Los trabajadores por cuenta, es decir, los autónomos cada vez cuentan con más problemas. Según la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha calificado el mecanismo actual de prestación por cese de actividad(el conocido como el paro de los autónomos) como el “gran fiasco del sistema”, tras comprobar que la Seguridad Social deniega casi el 60% de las solicitudes para este último ejercicio. Los datos muestra una brecha entre la obligatoriedad de la cotización, establecida en 2019, y la cobertura real que los trabajadores perciben en situaciones de vulnerabilidad económica.
La tendencia de los últimos tres años muestra un endurecimiento progresivo de los filtros aplicados por las mutuas colaboradoras. Mientras que en 2024 se produjo una ligera flexibilización tras una revisión de los procesos, las estimaciones de cierre para 2025 apuntan a un récord negativo en cuanto a protección y donde ocho de cada diez denegaciones están sustentadas en la dificultad técnica para acreditar las causas del cese.
| Año de referencia | Solicitudes presentadas | Solicitudes denegadas | Tasa de rechazo (%) | Contexto administrativo |
|---|---|---|---|---|
| 2023 | 19.885 | 10.360 | 52,1% | Consolidación reforma Real Decreto 13/2022 |
| 2024 | 23.860 | 10.527 | 44,1% | Ligera flexibilización post-revisión |
| 2025 (hasta octubre) | 14.300 | 8.303 | 58,8% | Incremento de la rigurosidad técnica |
| 2025 (Cierre estimado) | ~14.500 | ~8.500 | 60,0% | Récord negativo de cobertura real |
En sentido hay que saber que el actual marco y que fue modificado por el Real Decreto-ley 13/2022, vincula las bases de cotización a los rendimientos netos reales. Aunque la norma introdujo mejoras como el cese temporal parcial, la implementación práctica exige estándares de prueba que el sector considera “desproporcionados”. A diferencia del sistema de desempleo de los asalariados (es decir, lo que son las prestaciones y subsidios por desempleo), donde la baja por despido es prueba suficiente, el autónomo debe demostrar la involuntariedad del cierre mediante causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).
Los motivos económicos constituyen el principal foco de conflicto. La ley exige demostrar pérdidas superiores al 10% de los ingresos en un año completo, pero excluye el primer ejercicio de actividad. Esta limitación deja desprotegidos a los nuevos emprendedores cuyos negocios resultan inviables antes de cumplir los doce meses de vida. Además, la administración muestra una rigidez al discernir la voluntariedad del cese; cualquier indicio de discrecionalidad por parte del trabajador conlleva la pérdida del derecho, incluso cuando el cierre busca evitar un endeudamiento mayor e irreversible.
El riesgo de exclusión
La precariedad del colectivo se agrava con los datos del Observatorio Económico del Trabajo Autónomo, donde se estima que el 25% de los autónomos en España vive en situación de pobreza y donde más de 500.000 trabajadores por cuenta propia perciben rendimientos netos inferiores a los 900 euros mensuales, una cifra que esta bastante por debajo del actual Salario Mínimo Interprofesional.
Ante esta realidad, organizaciones como UPTA y UATAE han intensificado su demanda para crear un subsidio para mayores de 52 años. Esto se debe a que unos 60.000 trabajadores en esta franja de edad se encuentran en riesgo de exclusión tras el agotamiento de su prestación contributiva, por lo que carecen de este derecho algo que tienen los trabajadores por cuenta ajena (el subsidio indefinido que se cobra hasta la edad de jubilación).
El giro de los tribunales
La rigidez administrativa ha comenzado a encontrar respuesta en la justicia. Una sentencia reciente del Juzgado de lo Social número 4 de Santander ha abierto una vía para la flexibilización de los criterios. El fallo establece que el derecho al cese de actividad debe reconocerse incluso sin alcanzar el umbral aritmético del 10% de pérdidas, siempre que se justifique que los ingresos son tan exiguos que impiden una vida digna y el cumplimiento de las obligaciones laborales.
Esta jurisprudencia introduce el concepto de “inviabilidad económica dinámica”, lo que permitirá a miles de autónomos recurrir las resoluciones denegatorias basadas únicamente en balances contables estáticos.