Febrero de 2022 ha supuesto un mes histórico en lo referente a la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que aprobó el Gobierno de España junto al apoyo de los sindicatos UGT y CCOO, aunque con la negativa de la patronal económica. Este aumento ha supuesto que el SMI se fije en los 1.000 euros al mes, 35 euros más al mes de lo que se estaba cobrando hasta el momento, y con un carácter retroactivo, por lo que se impondrá desde el pasado 1 de enero.
Aunque esta subida del salario mínimo no solo ha supuesto un hecho importante para aquellos trabajadores que hasta entonces estaban cobrando los 965 euros mensuales que estaban impuestos por esta medida. Sino que también van a experimentar un cambio los desempleados que quieran acceder a una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ya que les afectará de forma directa a la hora de cumplir con uno de los requisitos que se exigen.
Pero, ¿qué requisito se ve afectado por esta medida del Gobierno? Se trata del límite de ingresos mensuales que no se pueden superar para poder recibir un subsidio no contributivo por desempleo. Un requisito que hasta el momento de la subida del Salario Mínimo Interprofesional estaba fijado en los 723,75 euros al mes, algo que ahora ya es historia y que contará con un nuevo límite tras el acuerdo alcanzado.
Este será el nuevo límite de ingresos que no se puede superar
Con el aumento del Salario Mínimo Interprofesional desde los 965 euros hasta los 1.000 euros mensuales que se impondrá desde el pasado 1 de enero de 2022, el límite que se debe respetar de ingresos también ha cambiado. Tanto es así que para poder ser beneficiario de una prestación no contributiva, el Servicio Público de Empleo Estatal exige que una persona no cobre más del 75 % de dicho Salario Mínimo Interprofesional, algo que ahora ha cambiado.
A partir de ahora, tras el ascenso hasta los 1.000 euros al mes del sueldo mínimo, la cuantía correspondiente al 75 % del mismo es distinta a los 723,75 euros mensuales que estaban fijados anteriormente. Ahora hay que calcular el nuevo porcentaje haciendo una sencilla cuenta matemática, y es multiplicando 75 x 1.000 y resultado dividiéndolo entre 100.
Una vez se lleva a cabo esta operación, el resultado es 750 euros. Por lo que el nuevo límite fijado para aquellos desempleados que quieran acceder a una prestación por desempleo de carácter no contributivo no podrán tener ingresos de más de 750 euros al mes si quieren ser beneficiarios del subsidio correspondiente de todos los que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal.
¿De cuánto es la diferencia?
La nueva cantidad es mayor a la que se tenía anteriormente, pero, ¿cuánto exactamente? La respuesta se puede obtener de una forma muy sencilla a través de una simple resta entre 750 euros y 723,75 euros. Una vez se hace el cálculo matemático, se obtiene que la nueva cuantía límite es de 26,28 euros más de la que estaba hasta el momento de la nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional.
Afecta a un total de 8 subsidios por desempleo
Por último también es importante saber a qué ayudas económicas del SEPE va a afectar. Hablando de una forma clara y que no dé lugar a dudas, se trata de todas las prestaciones no contributivas que se ofertan, estas engloban a un total de 8 subsidios por desempleo que son los siguientes:
- Subsidio por insuficiencia de cotización.
- Ayuda familiar.
- Subsidio para mayores de 45 años.
- Subsidio para mayores de 52 años.
- Subsidio para emigrantes retornados.
- Subsidios para liberados de prisión.
- Renta Activa de Inserción (RAI).
- Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Cada una de estas prestaciones, más allá del nuevo límite de ingresos, tiene una particularidad en especial, que también es de vital importancia cumplirla. Ya que, en caso contrario, el SEPE denegará el acceso a esta y por lo tanto no se podrá cobrar por parte del desempleado.
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