El Tribunal Supremo confirma que retrasarse en pagar la baja por incapacidad temporal no da derecho a cobrar intereses de demora salarial al no ser el salario de una nómina
El Alto Tribunal explica que no se puede aplicar el recargo del 10% recogido en el Estatuto de los Trabajadores, ya que que la prestación por baja médica es una indemnización de la Seguridad Social y no una retribución salarial.
