El Tribunal Supremo confirma que los despidos por “ineptitud sobrevenida” serán nulos si la empresa no intenta antes adaptar el puesto de trabajo del empleado con discapacidad
El Alto Tribunal explica que, según la Ley 15/2022, tras agotar la duración máxima de incapacidad temporal y no obtener la permanente, no se puede extinguir el contrato por motivos de salud sin realizar "ajustes razonables”, ya que es discriminatorio.


