El heredero defendió que el cálculo del ajuar doméstico debía excluir bienes como garajes, dinero o valores, y limitarse únicamente a la vivienda, tal y como recoge el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Tribunal Supremo.
La justicia considera que la mujer no pudo demostrar que ese dinero fuera suyo en exclusiva y por ello corresponde a la parte legítima de la herencia de sus hijos tras el fallecimiento de su padre.
La ley no exige dejar en el testamento nada a hermanos y sobrinos si no se tienen descendientes, ascendientes o cónyuge, estos únicamente tienen derecho a heredar si el fallecido no hubiera otorgado un testamento.
Las donaciones entre hermanos tienen menores bonificaciones fiscales que las que reciben de los padres, por eso conviene tener en cuenta cuánto se pagara de impuesto antes de renunciar en favor del otro.
La Justicia rechaza que la deuda esté prescrita, ya que el plazo para reclamar el impuesto empieza cuando muere quien tenía derecho a aceptar la herencia, no con el fallecimiento del familiar original.
Al no haber dispensa expresa, la donación debe colacionarse y repartirse entre todos los hermanos, aplicando la protección de la legítima y la igualdad entre herederos.
La Justicia explica que la entidad no puede reclamar la deuda a la hija, ya que esta recae sobre la herencia yacente y no sobre quien no ha aceptado la herencia.
Al plantearse realizar una donación en vida a los hijos, lo primero es comprobar qué consecuencias fiscales y legales puede acarrear esta decisión para el donante.
La justicia considera que el único cotitular vivo de las cuentas solo puede disponer de la parte que le corresponde según la partición hereditaria, y no de la totalidad de los fondos bloqueados por el banco tras el fallecimiento de sus familiares.
La justicia considera que no constaba que la viuda y los hijos hubieran aceptado la herencia, requisito esencial para responder por las deudas del fallecido
El Tribunal Supremo autoriza a la familia a impugnar el testamento por el que un acompañante profesional 54 años menor, heredó casi un millón de euros tras acompañarla durante la pandemia.
El abogado explica los dos factores clave a tener en cuenta si va a donar o prestar dinero los hijos, para evitar problemas con Hacienda y evitar conflictos de cara al futuro reparto de la herencia.
La legataria alegó que, al heredar la vivienda con todos sus muebles, no correspondía aplicar el 3% de ajuar doméstico según la doctrina del Supremo y el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
La justicia considera que emitir nuevas liquidaciones y recursos sin declarar formalmente la caducidad de los anteriores no paraliza el plazo de prescripción para poder reclamar el impuesto.
La justicia confirma que el marido de una de las herederas gestionó el dinero del fallecido para cubrir gastos y no para su propio beneficio, desestimando la demanda de los herederos.
La justicia ordena modificar el testamento para repartir la herencia con su hermana, quien cuidó de su madre hasta el final de su vida y fue discriminada por razones de género en el reparto inicial.
El artículo 80.2, apartado tercero, de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ya permite a los herederos disponer del dinero de la herencia para pagar el impuesto.
La Justicia explica que la aseguradora no tiene que devolver a la madre las cuotas de la hipoteca que pagó tras el fallecimiento de su hijo, ya que no era beneficiaria de la póliza y la suma asegurada fue abonada conforme al contrato.
El Alto Tribunal explica que el delito de coacciones, junto con lo establecido en el artículo 648.1 del Código Civil, es más que suficiente para revocar la donación.
Los herederos alegaron que una vivienda estaba vacía por lo que no se podía aplicar el 3% según la doctrina del Tribunal Supremo y el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
La justicia considera válido desheredar al hijo, ya que su actitud ante la enfermedad de su padre antes de su muerte supusieron un daño psicológico para el fallecido.
El desempleado no justificó los ingresos recibidos por la herencia y que tampoco incluyó en la declaración de la Renta, lo que motivó la extinción del subsidio y la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
Si un hijo es desheredado e impugna el testamento, le corresponde al resto de herederos demostrar que las causas del fallecido para hacerlo son válidas.
La localización de los inmuebles no influye, los herederos deben presentar el impuesto de sucesiones en el lugar donde viviera más tiempo el fallecido antes de su muerte.
Según el tribunal, la herencia se transmite a los nuevos herederos cuando el anterior no la acepta ni repudia, lo que impide renunciar posteriormente para evitar el pago del Impuesto de Sucesiones.
La familia acusó a la cuidadora de apropiarse del dinero de la fallecida y someterla a malos tratos, pero la Audiencia Provincial solo aprecia delito de trato degradante.
La Audiencia Provincial avala que, si un padre vende en vida el piso que había dejado en herencia a uno de sus hijos, ese bien ya no se considera parte de la herencia.
La Audiencia Provincial reconoce el derecho de los herederos a que se reintegre a la masa hereditaria el dinero extraído por un cotitular, aunque existiera una relación de confianza con el fallecido y sin que se acredite una donación expresa a su favor.
A la hora de donar en vida o esperar a la herencia, hay que tener en cuenta los distintos impuestos que habría que pagar por la vivienda porque la donación puede salir cara en el IRPF.
La Dirección General de Tributos zanja una de las dudas más frecuentes en la gestión patrimonial, aunque advierte que podría haber tributación si se acredita la transmisión real del dinero.
Existen mecanismos legales que permiten a los padres dejarle más a uno de sus hijos que a los demás, siempre y cuando se respeten ciertos límites. Un abogado experto en herencias los aclara.
Un abogado experto en herencias explica que hay un plazo tras el fallecimiento en el que, si Hacienda no reclama, los herederos ya no tienen que abonar el impuesto por recibir una herencia.
La Audiencia Provincial de Ávila confirma que, si no hay una escritura pública, el reparto anticipado de bienes inmuebles en forma de donación no es válido.
Según el tribunal, disponer del dinero como cotitular y vaciar la cuenta implica la aceptación tácita de la herencia, lo que impide posteriormente renunciar a ella para evitar el pago del impuesto.
La experta en herencias explica que sacar dinero antes de que fallezca (aunque sea con buena intención) puede ser considerado como una aceptación tácita de la herencia, por lo que podemos tener que pagar el impuesto de sucesiones.
La abogada explica que “no hacer testamento deja la puerta abierta a conflictos familiares y alarga el proceso” y añade que mientras cada año miles de familias se enfrentan a juicios, tensiones y rupturas por falta de previsión el Estado ingresa más de 5 millones de euros.
En España, la ley protege a los herederos forzosos, pero existen causas muy concretas por las que un hijo puede ser desheredado y perder hasta la legítima.
La Comunidad de Madrid amplía las bonificaciones en el impuesto de sucesiones y donaciones, beneficiando especialmente a hermanos, tíos y sobrinos, y facilitando las donaciones pequeñas.
El Supremo señala que las disputas familiares y la falta de parentesco biológico no bastan para excluir a la hermana de la herencia, ya que el propio demandante reconoció su derecho durante años.
La mujer no incluyó una donación previa en el impuesto de sucesiones tras recibir una herencia y la Comunidad de Madrid le impuso una sanción. La justicia, sin embargo, le da la razón.
La justicia declara nula la desheredación por usar una cláusula condicional en el testamento y obliga a las herederas a pagar la legítima a los hijos del fallecido.