La prestación contributiva por desempleo es la ayuda que se cobra para aquellos trabajadores que cuentan con 360 días o más cotizados a la Seguridad Social. Tras agotar la prestación es posible que la persona siga sin encontrar empleo. Por ello el Servicio Público de Empleo Estatal cuenta con un total de 8 subsidios en materia de seguro de desempleo de los cuales 4 pueden solicitarse tras agotar el paro.
Los subsidios por desempleo son ayudas que se conceden a las personas que se encuentren en situación legal de desempleo y que carezcan de recursos económicos. De esta forma el Ministerio de Trabajo y Economía Social concede una ayuda económica a la persona desempleada mientras intenta reincorporarse al mercado laboral.
La cuantía es fija, 451,92 euros al mes, pero su duración no y dependerá del subsidio al que se acceda. Así por ejemplo, el subsidio para mayores de 45 años tiene una duración de seis meses, mientras que el de 52 años tiene una duración ilimitada (siempre que se cumpla con los requisitos).
Qué requisitos debo de reunir para solicitarlo
Para acceder a cualquiera de estos subsidios será necesario cumplir con las condiciones impuestas por el Servicio Público de Empleo. De manera general los parados de larga duración deberán de cumplir con estos requisitos:
- Estar en situación legal de desempleo: esta condición se consigue inscribiéndose como demandante de empleo.
- Carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para 2021 esta cantidad se sitúa en los 965 euros por los que no se deberá de exceder en 723,75 euros al mes.
- Firmar el compromiso de actividad en el que figura realizar la Búsqueda Activa para el Empleo (BAE).
Estos son los requisitos generales. Después existen unos requisitos específicos que dependerá del subsistido al que se quiera acceder. Por ejemplo, para acceder a la ayuda familiar será necesario contar con hijos a cargo mientras que en el subsidio de mayores de 52 años es necesario tener 15 años cotizados y que al menos dos se encuentren dentro de los últimos quince años anteriores a la solicitud.
Subsidios por desempleo que se puede solicitar tras agotar la prestación por desempleo
Una vez agotada la prestación por desempleo, el trabajador/a deberá de esperar un mes antes de poder acceder a estas ayudas del SEPE. A este tiempo se le conoce como mes de espera o mes de carencia y donde se deberá llevar a cabo al menos tres acciones dentro de la búsqueda activa para el empleo.
Los subsidios que pueden solicitarse tras agotar el paro de manera ordinaria son:
- Ayuda familiar: para desempleados que cuenten con cargas familiares. La duración irá desde los 18 hasta los 30 meses, dependiendo de la edad y paro agotado.
- Subsidio para mayores de 45 años: prestación que se percibe durante seis meses para parados de larga duración mayor de esa edad.
- Subsidio para personas desempleadas de 52 años: se cobra durante un tiempo indefinido, pero es necesario de reunir unos requisitos imprescindibles, los cuales se detallan en este artículo sobre requisitos para cobrar el subsidio de mayores de 52 años.
- Subsidio para emigrantes retornados: durante 18 meses esta ayuda está destinada a trabajadores que han trabajado en el extranjero, pero no cuenta con cotizaciones para pedir la prestación por desempleo.
Tras agotar estas prestaciones, si se sigue sin encontrar empleo los desempleados pueden acceder a las ayudas extraordinarias como último recurso. Estas ayudas son:
- Subsidio Extraordinario por desempleo (SED): Dura como máximo seis meses y es la última ayuda que puede solicitar cualquier desempleado.
- Renta Activa de Inserción: Para desempleados y parados de larga duración que cuenten con graves dificultades para encontrar empleo. La prestación de 451 euros se cobra durante once meses y se puede solicitar hasta un máximo de tres veces, siempre dejando entre cada ayuda un año (excepto las víctimas de violencia de género, violencia doméstica o personas con discapacidad).
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