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¿Puede la comunidad de vecinos prohibirme cambiar la puerta de entrada de mi casa? Esto dice la ley

La Ley de propiedad horizontal establece limitaciones a la hora de cambiar los elementos que afecten a la estética del edificio, y habrá que tener en cuenta ciertas consideraciones antes de cambiarla.


Puerta de una vivienda en el pasillo de la comunidad de vecinos
Puerta de una vivienda en el pasillo de la comunidad de vecinos |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Cuando una vivienda tiene cierta antigüedad, suele ser habitual que los propietarios quieran realizar algunas reformas. Ya sea para actualizar la casa en la que se vive o porque acaba de comprarse, las actualizaciones en las viviendas están a la orden del día, pero estas obras pueden generar ciertos conflictos si se encuentra en una comunidad de vecinos. Uno de ellos es cuando se quieren hacer cambios en elementos exteriores, como por ejemplo la puerta de entrada de la vivienda, ¿puede establecer la comunidad restricciones para cambiarla? 

En la parte de interior de la puerta, es decir, la que está dentro de la casa, podrán realizarse las modificaciones, como puede ser un cambio de pintura, para que se integre mejor con la decoración y el estilo que se elija para la casa. El conflicto podría generarse con la parte externa, es decir, que la que da al pasillo o las zonas comunes del edificio. 

¿Podría entonces cambiarse la puerta? La respuesta es que depende, y es que, si podrá cambiarse, pero habrá que tener en cuenta algunas de las consideraciones que establece la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) para evitar tener problemas con los vecinos

Qué dice la ley sobre los cambios de la puerta de entrada de una vivienda en una comunidad de vecinos 

La LPH que regula las comunidades de propietarios establece en su artículo 7.1 algunas limitaciones a la hora de realizar modificaciones en las viviendas, y determina expresamente que 

“El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”

Esto quiere decir, que se podrán hacer modificaciones en las puertas de las viviendas, siempre y cuando no alteren seguridad del edificio, su estructura o la estética del mismo. Por este motivo, dependiendo del cambio de puerta que quiera hacerse, habrá que contar con el permiso de la comunidad para hacerlo. 

Si el cambio de puerta implica alguna que mantenga la misma estética de las que del resto de viviendas, probablemente no habrá problema para realizar el cambio, pero si se quiere cambiar por algo diferente habrá que contar con la aprobación de la junta de vecinos para poder realizar el cambio. 

Antes de hacer cualquier tipo de cambio, es importante consultar los estatutos internos de la comunidad por si hay alguna regulación expresa al respecto, y siempre hay que comunicar el cambio previamente al presidente.

Qué pasa si cambio la puerta de entrada de mi casa sin permiso de la comunidad de vecinos

Si se realiza el cambio de la puerta de entrada de la vivienda sin el permiso de la comunidad, esto podría ser motivo de multa. La comunidad tiene derecho de exigir que se devuelvan los elementos comunes a su estado original, y según explican los expertos de Solufincas se podrían imponer sanciones por incumplir la normativa. 

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