
La nueva Ley de Tráfico lleva vigente desde el 21 de marzo, una medida que endurece las normas de circulación y que, en muchos casos, acabará en multa. El uso del teléfono móvil es una de las acciones que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha querido “castigar” con especial ahínco, esperando que los despistes se reduzcan al volante.
La sanción, pues, cumple con las expectativas: 200 euros de multa y la pérdida de seis puntos por estar conduciendo mientras se está manipulando el teléfono con la mano. O lo que es lo mismo: conducir y usar el móvil a la vez. Ahora, ¿qué pasa si se utiliza un soporte móvil? En este caso, se podrían perder hasta tres puntos por manejar el móvil aunque esté en un soporte especializado, sin importar en qué lugar esté colocado.
Como es un escenario que puede llevar a confusión, el director de la DGT, Pere Navarro, atendió a la consulta en un encuentro digital que mantuvo con distintos conductores en la página web del organismo. Ante la pregunta de conducir con el soporte, esto fue lo que contestó: “Sí, sin ningún problema. Lo que no puede hacer es manipular el móvil mientras conduce, es un hecho denunciable y conlleva la pérdida de 3 puntos. Si usted necesita utilizar su móvil, pare en un lugar adecuado, realice las operaciones que necesite con su móvil, y luego reanude la conducción”.
En otras palabras, se puede llevar el móvil en un soporte homologado, pero no se puede manejar el mismo con la mano mientras se está circulando. Y ahí está clave: estos dispositivos, al igual que los relojes inteligentes, se pueden controlar por comandos de voz. Por lo que podríamos hablar por teléfono o seguir las indicaciones, por ejemplo, del GPS siempre que no despeguemos las manos del volante. “Al no tener que sujetarlos con la mano para utilizarlos, no interfieren en la conducción. Tienen el mismo tratamiento que un manos libres”, fue lo que declaró al respecto Pere Navarro, respondiendo al uso de los también llamados “smartwatchs”.
Otras normas de la DGT penalizadas con multa
La restricción del teléfono móvil no es la única medida que ha endurecido la Dirección General de Tráfico (DGT) para hacer las carreteras más seguras. A este respecto, estas son las restricciones con las que habrá que tener cuidado para no llevarse una multa:
- Adiós a superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida en las carreteras convencionales para adelantar a otros vehículos.
- No usar el cinturón de seguridad, los sistema de retención infantil y el resto de elementos de protección, al igual que utilizarlos mal, ahora está penalizado con 4 puntos.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes, 6 puntos menos.
- En vías con más de un carril por sentido, para adelantar a un ciclista se tiene que cambiar de carril para dejar más espacio. No hacerlo será de 4 a 6 puntos, si no se deja la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. También 200 euros de multa.
- Contar con mecanismos de detección de radares está penado con tres horas, incluso llevarlos en el vehículo. También son 200 euros de sanción.
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