La multa de la DGT más común en invierno y que todos cometemos: hasta 200 euros

Esta práctica que todos los conductores hacen alguna vez en invierno está castigada por la Dirección General de Tráfico (DGT) con hasta 200 euros de multa.

Una persona conduciendo en invierno con el abrigo puesto
La multa más común de la DGT en invierno
Esperanza Murcia

El frío ya ha llegado a toda España y eso se nota en nuestros hábitos diarios. También en la conducción, pues hay una práctica habitual entre los conductores en invierno y que la Dirección General de Tráfico (DGT) podría castigar con una sanción económica. No es otra que la de conducir con el abrigo puesto: todos, alguna vez, nos lo hemos dejado puesto al subirnos al coche, sobre todo cuando está aparcado fuera y el vehículo no disfruta de una buena temperatura. 

Es algo también muy recurrente en trayectos cortos, cuando da pereza quitarse el abrigo para volver a ponérselo en apenas unos minutos. Un gesto inocente pero que, según la interpretación, podría estar sujeto a multa. Por este motivo, la DGT recomienda encender la calefacción, esperar a que nos encontramos cómodos dentro del coche y, ya sí, quitarnos la prenda de abrigo para circular correctamente. 

Además de que conduciremos más cómodos, nos quitamos el riesgo de ser multados. Pero, ¿por qué multa el organismo de tráfico por esta práctica? Puede dificultar la libertad de movimientos e impedir llevar una posición adecuada, algo que está penalizado en el Reglamento General de Circulación por motivos de seguridad. 

Multa de la DGT por conducir con el abrigo 

Atendiendo al punto anterior, la Dirección General de Tráfico podría sancionar con 80 euros de multa por conducir con el abrigo puesto. Dependiendo de la interpretación del agente de tráfico, y del grado de gravedad que estime, podría subir hasta los 200 euros, tal como recoge el citado Reglamento General de Circulación. 

Es así porque esta prenda, especialmente si es gruesa, puede provocar que no nos movamos con fluidez a la hora de llevar el volante, cambiar las marchas u otra operación que sea oportuna durante la conducción. Además, si es voluminosa, nos impide “mantener una posición adecuada” como exige la normativa. Sin embargo, hay que señalar que es difícil y poco habitual que por el mero hecho de estar conduciendo con el abrigo puesto nos vayan a multar. 

La sanción vendría si nos vemos envueltos en un accidente o percance en la carrera y el agente considera que la causa del mismo se ha visto determinada por esta acción. Por ese motivo, estamos ante una multa que está sujeta a interpretación, al igual que ocurre en verano con conducir con chanclas o sin la camiseta puesta. 

Cuidado con el ‘efecto submarino’ 

Además de la multa, conducir con el abrigo puesto implica otro riesgo: sufrir el ‘efecto submarino’. Este se produce cuando el cuerpo no está bien sujeto por el cinturón de seguridad, lo que hace que el cuerpo presione el asiento hacia abajo y se deslice por debajo de la banda abdominal. En caso de accidente, frenado o cualquier acción brusca, se tendrían más posibilidades de chocar contra el volante, el salpicadero o incluso la parte baja del vehículo, afectando tanto al conductor como a los pasajeros. Sería todavía más grave en los abrigos acolchados, pues crean una cámara de aire que impide que el cinturón pueda sujetarnos correctamente. 

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