La DGT avisa sobre la multa que existe por salpicar a un peatón

En los días de lluvia, la Dirección General de Tráfico obliga a extremar la precaución al volante. Por salpicar a un peatón, pueden sancionar con 100 euros, pero hay otras multas más altas.

Multa de la DGT por salpicar a un peatón
Multa de la DGT por salpicar a un peatón
Esperanza Murcia

En días de lluvia hay que extremar la precaución al volante. No solo para esquivar el temido aquaplaning, sino también las multas que impone la Dirección General de Tráfico (DGT). De por sí, los conductores deben agudizar sus sentidos para conducir con seguridad y no provocar ningún accidente, pero si hacen caso omiso a sus obligaciones pueden acabar con una sanción económica del organismo de tráfico. 

Aquí se incluye una acción desconocida que puede costar caro a las personas con carnet: salpicar a un peatón. Tal como recoge el artículo 2 del Reglamento General de Circulación, “los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes”. 

La DGT ha advertido de que esta práctica, que además de irresponsable es de mala educación, supone una multa de 100 euros, aunque en la mayoría de ocasiones se rebaje hasta los 80 euros. Aun así, es un pellizco al bolsillo. Y habría que sumarle las posibles sanciones relacionadas con esta infracción, como es circular superando los límites de velocidad (si salpicas a un peatón, no es porque hayas circulado lento). De cumplirse este exceso de velocidad, la multa podría alcanzar los 600 euros

Multas que la DGT puede ponerte en los días de lluvia 

La de empapar a un peatón no es la única infracción que castiga la Dirección General de Tráfico con una sanción económica. Hay otras imprudencias al volante que se penalizan con una multa. Estas son las más comunes que la DGT suele poner en los días de lluvia: 

  • Conducir con parte de la matrícula tapada, aunque sea a consecuencia del barro que provoca la lluvia, puede suponer una multa de 200 euros. 
  • Circular con hielo o nieve en los cristales, también se castiga con 200 euros. El Reglamento General de Circulación indica que “la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule”.  
  • Los limpiaparabrisas deberán estar en buen estado. De lo contrario, la sanción puede ir desde los 80 a los 200 euros. 
  • La cubiertas de las ruedas también deben estar en regla, con una banda de rodadura de más de 1,6 milímetros de profundidad. La multa es de 200 euros por rueda, por lo que puede ascender hasta los 800 euros en total. 
  • No se puede conducir con ningún faro fundido, siendo elementales en condiciones de baja visibilidad. La multa es de 200 euros. 
  • Si no se respeta la distancia de seguridad (que debe ser mayor en condiciones meteorológicas adversas como con los días de lluvia), la sanción es de 200 euros y cuatro puntos en el carnet. Siempre se debe respetar la distancia de 100 metros. 
  • Conducir con el abrigo puesto también está penado con 200 euros de multa. 

La Dirección General de Tráfico avisa de que, con lluvia, cambian los métodos de conducción. Lo primero que hay que tener en cuenta es que cuando el asfalto está mojado se tarda más en frenar, por lo que aumenta el riesgo de tener una colisión. Por ello, siempre se debe ampliar la distancia de frenado. 

Otro efecto a tener en cuenta es el aquaplaning, que se produce cuando el neumático no es capaz de desalojar el agua y, por tanto, comienza a resbalar. Ya que se puede perder el control del vehículo, es importante sujetar el volante con firmeza, no frenar a fondo y corregir la trayectoria de forma suave cuando se recupere el agarre. 

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