Transformar un local en vivienda, es posible, siempre que se cumplan una serie de requisitos, tanto técnicos como con la comunidad de vecinos que podría negarse en algunos casos. Esto es lo que ha pasado en un edificio de Bilbao, en el que la comunidad se ha negado a que unos vecinos que transformaron locales en viviendas, abrieran una puerta de acceso a los mismos, y la justicia, concretamente el Tribunal Supremo, les ha dado la razón.
Así lo recoge una sentencia de la Sala de Social, en la que según informan desde Economist&Jurist (E&J), se amparan en el interés de la comunidad de preservar los elementos comunes, que querían modificar los propietarios de los locales reconvertidos en vivienda.
La comunidad puede negarse a los cambios si afectan a elementos comunes o la estructura del edificio
En primera instancia los propietarios de los locales comunicaron a la comunidad de vecinos la realización de las obras para cambiar la finalidad del inmueble y convertirlos en vivienda. La comunidad no se negó a dichas obras, ya que ni estaba prohibido en los estatutos ni afectaban a las zonas comunes. Fue después de estar las obras muy avanzadas, cuando los vecinos de los reconvertidos locales, manifestaron querer realizar una nueva puerta de acceso para la que habría que abrir un hueco en la pared del rellano, sin intención de pedir permiso a la comunidad tal y como apuntan desde (E&J).
A raíz de este suceso, la comunidad vota en junta extraordinaria si se aprueba o no la medida para dar premiso a que se realicen dichas obras, y se acuerda la prohibición de la misma, que es desoída por los propietarios de los locales, que continuaron con las obras, modificando elementos comunes del edificio para hacer nuevas puertas de acceso a sus ahora viviendas.
Tras varios litigios la justicia da la razón a la comunidad de vecinos
La Comunidad de vecinos demandó a los propietarios por hacer una obra considerada ilegal saltándose la prohibición de la comunidad para realizarla, y la justicia le dio la razón, condenando a los propietarios a cerrar las puertas de acceso y dejar las zonas comunes tal y como estaban.
Tras esto, los propietarios procedieron a pedir una licencia en el Ayuntamiento, que fue denegada, y una nueva junta de propietarios para volver a debitar la solicitud, en la que nuevamente se votó en contra. Tras ello decidieron demandar a la comunidad por vulnerar su derecho de tener una puerta de acceso a su vivienda.
Esta vez, la justicia dio la razón la los propietarios, de modo que el caso ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que ha resuelto que aunque no se prohíba en los estatutos de la comunidad el cambio de local a vivienda, y este cambio pueda ser realizado, eso no da derecho a abrir huecos en las zonas comunes.
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