El Imserso arranca temporada de viajes 2023-2024: ¿Puedo viajar con mi hijo o mi pareja?

El Imserso impone una serie de condiciones a los beneficiarios que quieran viajar acompañados por sus hijos o parejas no pensionistas. Así pueden disfrutar de los viajes en la temporada 2023-2024.

pareja de jubilados viaje del imserso
¿Puedo viajar a los viajes del Imserso con mi pareja o mi hijo? EFE
Isabel Gómez

La temporada de viajes del Imserso 2023-2023 está a punto de dar el pistoletazo de salida el próximo octubre. Es por eso que en los últimos días son muchos los jubilados y pensionistas beneficiarios que dudan sobre: ¿Puedo viajar con mi hijo o mi pareja? Algo que el Instituto de Mayores y Servicios Sociales ha querido confirmar, aunque existen unas exigencias mínimas.

Las escapadas del Imserso son una oportunidad excelente para recorrer toda España sin gastar una fortuna. Los precios ofrecidos por el Programa de Turismo son más baratos que las tarifas actuales del mercado, lo que lo hace muy atractivo entre los beneficiarios con pocos recursos económicos. Eso sí, es cierto que esta temporada han subido con respecto al año pasado.

Como responde el Imserso, sí, la persona jubilada o pensionista que quiera viajar con esta modalidad sí puede viajar acompañado por algún hijo o por su pareja en caso de que este no esté jubilado; sin embargo, hay que conocer algunos detalles.

Puede disfrutarse tanto de ese Programa de Turismo como del Termalismo 2023-2024, siempre que se cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • Que la persona cobre una viudedad con 55 o más años.
  • Que sea pensionista por otros conceptos, beneficiarios de prestaciones o subsidios por desempleo, con 60 años cumplidos o más.
  • Estar asegurado en el sistema de la Seguridad Social, con 65 años cumplidos o más.

A pesar de lo anterior, sí que se puede viajar sin ser jubilado, pensionista ni cumplir con la edad.

¿Puedo viajar con mi hijo o mi pareja en los viajes del Imserso?

Tal y como explican desde la administración pública de mayores, sí que un beneficiario del programa de turismo puede viajar con su hijo siempre que estos actúen como acompañantes y si presentan una discapacidad igual o superior al 45%. Además, deben viajar con los padres, alojarse en la misma habitación.

Cuando prefieran estar más cómodos y alojarse en habitaciones distintas, los hijos deben paguen un suplemento para habitaciones dobles de uso individual. Esto siempre está sujeto a disponibilidad de plazas.

Por otro lado, existe la posibilidad de disfrutar de las estancias turísticas o de termalismo cuando se vaya como pareja acompañante sin cumplir ninguno de los requisitos anteriores. Es decir, pueden disfrutar de los viajes los cónyuges o parejas de hecho sin tener una edad específica o cobrar una pensión.

Otro apunte importante que hacen desde la administración pública de servicios sociales es que tanto los usuarios de las plazas como aquellos adjuntos a ellas deben valerse por sí mismos para hacer tareas básicas de la vida cotidiana, es decir, que no necesiten ayuda para vestirse, alimentarse, caminar…

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