
No estar al corriente de las multas de tráfico pendientes puede salir más caro de lo que se piensa. La Dirección General de Tráfico suele enviar una carta a los conductores del parque automovilístico español. Y, aunque la mayoría son cartas certificadas por correo ordinario, puede ocurrir que muchos las pierdan o directamente, hagan caso omiso a los importes de esas infracciones. ¿El desenlace? La DGT puede ejecutar embargos en tu cuenta si no las pagas.
Pero no es la única situación en la que es posible perder todo tu dinero por una multa. Hechos como el no notificar una cambio de domicilio en la administración pública de tráfico puede acarrear ese trágico embargo.
En caso de ser una sanción leve, la DGT permite que el conductor pueda descentrarse el 50% de la cuantía durante el periodo de pago voluntario. Este es de 20 días desde que se recibe la notificación de la multa por Correos. Si la persona decido no abonarla en el plazo ordinario, deberá abonar el importe íntegro de la sanción sin opción a descuentos.
Hay que tener mucho cuidado. Si la persona pasa ese periodo ordinario, el caso pasa a mano de la Agencia Tributaria, donde el conductor tiene otro plazo de pago, ya sí con multas.
¿Cuáles son los recargos de una multa de tráfico?
¿Sabes que si tienes una multa y la pagas antes de 20 días tienes una reducción del 50%?
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) October 2, 2021
El pago se puede hacer desde nuestra web https://t.co/UMOWCNYQjY, en algunas sucursales bancarias, en @Correos (con tasa adicional) o el 060.
👉https://t.co/Fzpp75mZLq#TrámiteDGT pic.twitter.com/9ydkeatPga
Desde la Dirección General de Tráfico explican que los conductores deben desembolsar el importe en su totalidad. No está permitido ni fraccionar ni aplazar el abono de la cuantía. Cuando se pasa el plazo vienen los recargos de la multa.
Inicialmente, ese recargo adicional por pasarse el plazo ordinario es del 10% sobre el importe inicial, que abarca los 20 días naturales. En caso de que este tampoco sea abonado y pase el tiempo estipulado para saldar la deuda, volverá a recargarse un aumento del 20% sobre el precio inicial, sumando los costes de notificación e intereses por la demora producida en el pago de la multa.
Ahora viene lo peor. Si pasado ese momento, la persona mantiene su deuda con la DGT, Hacienda inicia el trámite de embargo de los bienes y propiedades que estén a nombre de la persona sancionada, así como de las cuentas bancarias para extraer el importe a deber.
¿Cómo saber si tengo una multa de tráfico?
Actualmente, la administración pública de tráfico, dependiente del Ministerio del Interior, permite que los conductores comprueben sus infracciones y correspondientes multas con tan solo el DNI.
El proceso es rápido y gratuito. Simplemente, hay que acceder al banco de datos de la DGT por Internet, se le conoce como Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA). Una vez dentro hay que pulsar en la opción ‘Trámites y multas’. Es posible consultar ese tablón con el DNI, nombre y apellidos o a través de la matrícula del vehículo.
Otra opción más rápida es mediante la aplicación miDGT, que puede descargarse mediante iOS o Android en cualquier dispositivo móvil.
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