Muchas son las personas que agotan el tiempo de paro al que tenían derecho y que, una vez ocurre ese hecho, siguen sin encontrar un puesto de trabajo. Por ese mismo motivo se preguntan cuál es la ayuda a la que tienen derecho para poder solicitar después de agotar la prestación contributiva por desempleo, algo que dependerá de la situación personal en la que se encuentre el demandante de empleo y la edad con la que agote la prestación.
Hablando de una manera más clara, existen hasta cuatro tipos de subsidios por desempleo a los que puede acceder un demandante de empleo que haya agotado el derecho a paro que le correspondía. Cada uno de ellos tienen una particularidad muy específica y se destina para un tipo de desempleado muy concreto, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos que se exigen en cada caso.
Además, todos estos cuatro subsidios cuentan con una serie de características en común, como el hecho de no poder tener ingresos superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, situado dicho límite en los 750 euros al mes. Pero no es el único, sino que, además, también tienen una cuantía fija de 463,20 euros mensuales que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) entrega a los beneficiarios de esta prestación no contributiva.
Estos son los 4 subsidios que se pueden pedir tras agotar el paro
Hay un total de 4 ayudas económicas que el Servicio Público de Empleo Estatal destina a los desempleados que hayan agotado el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Todo ello para especificar, en función de la situación personal del demandante de empleo, qué subsidio puede solicitar al SEPE inmediatamente después de haber agotado el paro y seguir recibiendo una cuantía económica mientras busca trabajo.
Ayuda familiar
La primera de las prestaciones que una persona que ha agotado el paro puede llegar a solicitar es la ayuda familiar. En este caso, no importa la edad que se tenga por parte del desempleado para solicitarla, aunque sí que influye para determinar el tiempo de subsidio durante el que se puede cobrar. Lo más importante y lo que la hace llamativa es que es necesario tener cargas familiares, por lo que, si una persona deja de cobrar el paro y tiene cargas familiares puede pedir esta prestación.
Subsidio para mayores de 45 años
En segundo lugar está el subsidio para desempleados mayores de 45 años. En este caso sólo podrán solicitarlo aquellas personas que cumplan la edad especificada en el momento en el que agotan prestación por desempleo. Pero no es lo único que se debe tener en cuenta, sino que, además, no puede tener cargas familiares y tienen una duración máxima de 6 meses para poder tener acceso y derecho al cobro de este subsidio por desempleo.
Subsidio para mayores de 52 años
También es posible que una persona que agote el paro tenga cumplidos los 52 años o más. En ese momento puede solicitar después de agotar la prestación contributiva por desempleo el subsidio para los mayores de 52 años, una ayuda que se puede cobrar hasta que se cumpla la edad legal de jubilación y así obtener una pensión. Para acceder a esta prestación es necesario tener un mínimo de 15 años cotizados a la Seguridad Social y, además, se debe presentar la Declaración anual de Rentas al SEPE para que éste certifique que se puede seguir cobrando el subsidio por desempleo.
Subsidio Extraordinario por Desempleo
Por último se encuentra el Subsidio Extraordinario por Desempleo, más conocido como el SED. En este caso, solo puede optar a él aquellos desempleados que sean menores de 45 años y no tengan cargas familiares, ya que no tienen derecho a otra ayuda. Esta prestación es la última que se puede pedir y tiene una duración máxima de 6 meses. Además, hay que recordar que solo se puede solicitar una sola vez, por lo que si se gasta, no podrá volver a pedirle, aunque se sigan cumpliendo los requisitos.
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