Los trabajadores en situación de desempleo pueden cobrar la prestación contributiva o paro mientras intentan encontrar otro trabajo. En el caso de no ser así, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece la posibilidad a los parados de acogerse a hasta ocho tipos de subsidios por desempleo.
De esta manera, el gobierno de España a través del SEPE (INEM) ofrece la posibilidad de seguir cobrando una ayuda económica a las personas desempleadas mientas buscan una nueva oportunidad laboral.
Eso sí, no todas las personas paradas podrán acceder. El Servicio Público de Empleo exige que para acceder a los seguros de desempleo estos carezcan de ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Es decir, no tener ingresos por encima de los 750 euros al mes.
Los subsidios por desempleo y cuál corresponde a cada trabajador
El SEPE cuenta con un total de ocho subsidios por desempleo, seis son los denominados subsidios ordinarios (se solicitan una vez agotado el paro) y, los otros dos, son las ayudas extraordinarias. Estos últimos deben de solicitarse cuando el desempleado agote los ordinarios.
Teniendo en cuenta este punto, estas son las ayudas que se pueden solicitar tras agotar el paro.
Ayuda familiar
Los desempleados que tengan cargas familiares, tras agotar el paro podrán acceder al subsidio por ayuda familiar. Esta tiene una duración que va desde los 21 y hasta 30 meses de duración.
La duración variará de la edad del desempleado y del paro consumido, quedando de la siguiente manera:
- Menor de 45 años y agotar un paro de al menos 4 meses, tendrá derecho a 18 meses de prestación.
- Menor de 45 años y agotar un paro de al menos 6 meses, tendrá derecho a 24 meses de subsidio.
- Mayor de 45 años y agotar un paro de 4 meses, tendrá derecho a 24 meses de prestación.
- Mayor de 45 años y agotar un paro de al menos 6 meses, tendrá derecho a 30 meses de subsidio.
Muy importante es, que esta ayuda se concede por periodos de seis meses. Es decir, aunque se aprueben treinta meses se debe de renovar la ayuda de manera semestral si se sigue reuniendo los requisitos.
Subsidio para mayores de 45 años
Con una duración de seis meses y sin posibilidad de solicitar prórroga, el subsidio para personas desempleadas mayores de 45 años es una ayuda destinada a parados mayores de esa edad y que no cuenten con cargas familiares.
Cómo vemos, los trabajadores mayores de 45 años que tengan cargas deberán pedir la ayuda familiar y en caso contrario este subsidio.
Subsidio para mayores de 52 años
Se cobra hasta encontrar un trabajo o llegar a la edad de jubilación. Es el más beneficioso de todos, pero los requisitos para el subsidio para mayores de 52 años son mayores. Contar con 15 años de cotización y que de estos al menos seis pertenezcan al Régimen General serán algunas de las condiciones que se deberán reunir.
¿Y si tenemos más de 52 años y tenemos cargas familiares? ¿Qué subsidio se debe de solicitar? En este caso, el SEPE es claro, el subsidio para mayores de 52 años. La razón es, que este es más beneficioso. Se cobra hasta la edad de jubilación y cotiza para la pensión. En concreto, cotiza el 125 % de la base mínima vigente en cada momento.
Cuánto se cobra en los subsidios por desempleo
De acuerdo con el SEPE, la cuantía de los subsidios por desempleo es del 80 % del Indicador de Renta Pública de Efectos Múltiples (IPREM). Para 2022 y con la subida del 2,5 %, la cuantía es de 463,21 euros mensuales. Recordar que tanto el paro como los subsidios por desempleo no tienen pagas extraordinarias.
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