Estos son los casos en los que se puede quitar un subsidio por desempleo en 2022

Al igual que otorga subsidios a los desempleados con vulnerabilidad, el SEPE puede retirarlos si se dan alguno de los siguientes casos.

Estos son los casos en los que se pueden quitar un subsidio por desempleo en 2022
El SEPE puede retirar el subsidio por desempleo siempre que los beneficiarios no cumplan con los requisitos exigidos.
Isabel Gómez

El subsidio por desempleo se trata de un tipo de prestación no contributiva, excepto para los mayores de 52 años, que vienen dados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) una vez que los trabajadores desempleados han agotado la prestación por desempleo, es decir, el paro. Para que una persona sin trabajo lo adquiera debe encontrarse en una situación especial de vulnerabilidad mientras sigue buscando trabajo activamente.

Los beneficiarios de alguna de las modalidades que componen los subsidios pueden perderlo en algunas ocasiones. El principal motivo para que esto se produzca es que el Servicio Público de Empleo renueva cada seis meses este tipo de ayuda a todas aquellas personas que se encuentren en una situación económica extrema y sus condiciones de vida no sean las adecuadas.

Actualmente, la cuantía a recibir común a todos los subsidios es de 463,21 euros al mes, ya que corresponde con el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Pero, ¿en qué ocasiones un desempleado puede perder su condición de subsidiario?

Situaciones en las que un desempleado puede perder el subsidio por desempleo:

Los beneficiarios de un subsidio por desempleo pueden ver cómo dejan de percibir mensualmente el cobro de la prestación por darse alguna de las siguientes situaciones:

Haber agotado el tiempo concedido:

Una causa norma es que se extinga el subsidio por desempleo al no poder volver a pedir una prórroga al SEPE: el de mayores de 45 años, el de cotización insuficiente, su no se tienen cargas familiares o si se tiene prestación por desempleo, pero se ha cotizado menos de seis meses, no se pueden renovar. 

Sin embargo, el de mayores de 52 años se va a alargar hasta el que desempleado alcance la edad legal de jubilación o encuentre un trabajo y sus ingresos sean inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. 

Ser sancionado por no cumplir con alguno de los requisitos que impone el SEPE:
Cuando un trabajador está recibiendo un subsidio, pero se descubre que no cumple con alguna de las obligaciones impuestas por el servicio de empleo, puede ser castigado. Por ejemplo, no renovar la solicitud de demandante de empleo.

Superar el límite de rentas:

Todos los beneficiarios están obligados a demostrar que sus rentas mensuales no superan el 75% del SMI, que en 2022, es de 750 euros mensuales. Si se sobrepasa el límite de forma puntual, posiblemente se suspenderá el subsidio pero en caso de que se superen los límites durante 12 meses, el subsidio se extinguirá.

Trabajar por cuenta ajena:

Cuando un trabajador que no es autónomo cobra un subsidio al acabar su paro y encuentra un nuevo trabajo, si el contrato dura un año o más, no podrá renovar la ayuda porque se entiende que se habrá extinguido. Esto es porque cuando la persona trabaja más de 360 días tiene derecho a volver a pedir la prestación contributiva por desempleo.

Convertirse en autónomo:

Si el trabajador subsidiario está recibiendo una ayuda no contributiva y decide emprender y trabajar por cuenta propia, se suspenderá la misma. Esta suspensión se producirá independientemente de los ingresos que perciba. 

Viajar o emigrar al extranjero y superar el límite autorizado:

Los trabajadores desempleados que perciban un subsidio y viajen fuera de España tiene que comunicarlo siempre a la oficina de empleo para que estas autoricen que no se pierda. Así se evita ser sancionado, aunque hay que regresar antes de finalizar el periodo autorizado. Si se está más de 90 días en el extranjero, el subsidio se extinguirá.

Jubilación:

Tanto la prestación por desempleo como el subsidio llegan a su fin cuando los beneficiarios llegan a la edad ordinaria de jubilación.

Que se reconozca una incapacidad permanente:

Si a un trabajador se le reconoce una incapacidad permanente con más del 33% de invalidez, ya sea total, absoluta o de gran invalidez, se le otorgará por parte de la Seguridad Social, no del SEPE, una pensión contributiva. Así se le compensará por la falta de ingresos. Si se elige el subsidio antes que cobrar la pensión, se cobrará este hasta que se agote el tiempo reconocido.

Renunciar al subsidio:

Aunque no suele ser una situación habitual, los desempleados pueden renunciar a él siempre en el tiempo en el que se haya presentado la solicitud y todavía no haya sido aprobado.

Fallecimiento del beneficiario:

En estos casos, son los familiares quienes están obligados a dar de baja la prestación del fallecido. Existen algunos casos excepcionales donde los familiares pueden cobrar la prestación.

¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a un subsidio por desempleo?

El SEPE es claro en cuanto a las condiciones que impone a los trabajadores parados, con vulnerabilidad económica y se encuentren en una situación de desprotección ante la cotidianidad.

Estos son los requisitos que recoge el Instituto de Empleo (INEM SEPE) para que un desempleado pueda solicitar esta ayuda:

  • Estar en situación de desempleo, pero demostrar que se está en una búsqueda activa de empleo.
  • Aparecer inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agotó el paro, sin haber rechazado ninguna oferta. Esta inscripción se debe mantener durante todo el periodo que se percibe el subsidio.
  • Firmar y suscribir el compromiso de actividad.
  • Tener responsabilidades familiares, excepto para los mayores de 45 años, que pueden acceder a esta ayuda no contributiva si viven solos.
  • Carecer de rentas que superen al mes los 750 euros, es decir, que los ingresos no superar el 75% del SMI, excluida la proporción de las dos pagas extras. Si esto no se cumple, pero existen cargas familiares, se podrá acceder al mismo, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante.

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