El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuya finalidad es la de que las familias o las personas que vivan solas con pocos recursos económicos tengan garantizado un mínimo umbral de ingresos. Pero cuando se aprueba surge la duda de cuál es el tiempo máximo que se puede disfrutar y si hay algún motivo por el que se pierda.
Una vez que el beneficiario consigue recibir la prestación al cumplir con todos los requisitos impuestos por la administración pública, esta es revisada cada cierto tiempo y actualizada. Por lo que esto es importante tenerlos en cuenta para futuras revisiones una vez que se convierta en beneficiario.
¿Durante cuánto tiempo se cobra el Ingreso Mínimo Vital?
Los beneficiarios que reciban esta prestación por parte del INSS deben saber que se cobrará siempre y cuándo se sigan manteniendo los requisitos que dieron lugar a su aprobación. Es decir, se cobra de manera indefinida, sin duración máxima de tiempo. Eso si, la Seguridad Social aclara que comprobará todos los años los requisitos, para ver que se siga cumpliendo. Las condiciones que se deben de cumplir son las siguientes:
- Estar en una edad comprendida entre los 23 años y los 65 años.
- Demostrar que se tiene una clara vulnerabilidad económica mediante la presentación de la declaración de la renta del ejercicio económico anterior. Esto se tendrá que hacer una vez al año.
- Si se vive solo, es obligatorio haberlo hecho durante al menos un año antes de la solicitud.
- Se deberá demostrar que se reside en España de manera legal y continuada durante el año anterior.
- Aparecer inscrito como demandante de empleo. No es necesario hacerlo en el momento, sino que se dispone de un plazo de seis meses.
- Demostrar una clara carencia de rentas y no superar el umbral de ingresos establecidos para 2022: esa cifra es de 17.698,80 euros al año para un beneficiario y de 46.016,88 euros al año para una unidad de cuatro adultos y un menor.
¿Cuándo me pueden quitar el ingreso mínimo vital?
A pesar de cumplir con los mencionados requisitos, el derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social también puede ser retirado y suspendido. ¿Por qué? Por los diferentes motivos que se explican a continuación:
- Por la pérdida temporal de algunas de las condiciones básicas que motivaron la concesión de la ayuda.
- Por el incumplimiento de alguna de las obligaciones al acceder a la ayuda no contributiva.
- Porque haya indicios de que se están cumpliendo las obligaciones. Se suspenderá hasta que se resuelva la ayuda.
- Porque se ha realizado un traslado al extranjero por un periodo inferior a 90 días al año y no se le ha comunicado a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
- Por recibir una rentas derivadas de un trabajo como autónomo y que crean incompatibilidad con el IMV.
¿Otros motivos por los que la Seguridad Social puede suspender el IMV?
Las situaciones explicadas a continuación provoca que se quite directamente el derecho de cobrar la prestación no contributiva y son las siguientes:
- El fallecimiento de la persona que figura como titular.
- La pérdida definitiva de alguno de los requisitos exigidos para el mantenimiento de la prestación.
- Salir fuera del país sin comunicarlo a la TGSS por un periodo mayor de 90 días.
- Que se renuncie por voluntad propia al derecho.
- Que se suspenda el cobro de la prestación por un tiempo mayor a un año.
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