Las personas y familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica pueden solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el Ingreso Mínimo Vital (IMV). El objetivo de esta prestación no contributiva es la de garantizar un mínimo de ingresos a aquellas personas y unidades de convivencia con graves dificultades económicas.
Esta prestación no contributiva ha recibido esta semana un aumento del 15% de la cuantía a raíz de la crisis económica y la guerra en Ucrania. Quiere decir que los beneficiarios verán incrementada la cuantía entre los entre 120 euros y hasta los 162,23 euros mensuales dependiendo de la unidad de convivencia.
Una de las grandes preguntas es si se pierde el Ingreso Mínimo Vital al encontrar un empleo. La respuesta es que no, pero los beneficiarios deberán realizar una serie de trámites para evitar tener problemas con la Seguridad Social.
Qué pasa si encuentro un empleo y estoy cobrando el Ingreso Mínimo Vital
Las personas que encuentren empleo, ya sea de carácter indefinido o temporal, seguirán percibiendo el Ingreso Mínimo Vital (IMV) durante el resto del año. Es decir, cobrará de manera simultánea los rendimientos por trabajo e IMV.
Eso sí, el beneficiario deberá de presentar en la oficinas de la Seguridad Social o en la Sede Electrónica un formulario en el que haga constar que su situación laboral ha cambiado. El plazo para presentar este documento será de 30 días naturales a contar a partir de que la persona empieza a trabajar.
Durante ese año, el beneficiario seguirá percibiendo el Ingreso Mínimo Vital y cobrando la misma cuantía que venía recibiendo, junto con su salario. Al final de año, se presentará una declaración anual de rentas complementaria y, con los rendimientos obtenidos, pueden darse dos casos: seguir cobrando o no la prestación de la Seguridad Social.
En el caso de que la persona, aún tras los ingreso obtenidos por trabajo, siga por debajo del umbral de ingresos, el INSS actualizará la prestación con la cuantía que le corresponda. Por su parte, si los ingresos por trabajo fueran superiores al límite de ingresos para obtener la renta vital, la Seguridad Social procederá a retirar la ayuda a comienzos del siguiente año.
¿Puedo volver a pedir el Ingreso Mínimo Vital?
Hay situaciones en las que la persona consigue un empleo de manera temporal y los ingresos obtenidos hacen que pierda el IMV. Al siguiente año y tras acabar el contrato de trabajo temporal, esta persona vuelve a caer en una situación económica desfavorable.
Si se da el caso y las rentas se sitúan por debajo del límites de ingresos establecidos por la Seguridad Social, se podrá solicitar nuevamente el Ingreso Mínimo Vital. Para ello habrá que presentar una nueva solicitud y deberá de hacerse a partir del 1 de abril y no antes.
Un ejemplo práctico es este: una persona cobra 400 euros de Ingreso Mínimo Vital y encuentra un empleo durante seis meses por un sueldo de 1.500 euros al mes (hasta noviembre de 2022). Cobrará los 400 euros de IMV y los 1.500 euros de sueldo hasta que finalice al año.
En diciembre se actualizarán los rendimientos obtenidos durante el año y dependiendo de la situación se actualizará la cuantía o se perderá el IMV. En enero, si esta persona vuelve a estar en una situación desfavorable, podrá solicitar el Ingreso Mínimo Vital a partir del 1 de abril de ese año.
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