Se anunció a bombo y platillo, pero el bono joven de alquiler sigue sin llegar a los más jóvenes. Presentada como una de las medidas estrella del Gobierno de Pedro Sánchez, tendría que haber entrado en vigor en enero, si bien se ha quedado solo en su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Cuatro meses después, no la ha disfrutado ningún inquilino. La pregunta, pues, es clara: ¿cuándo se podrá solicitar?
Siguiendo los últimos pronósticos, el pasado mes de marzo se tendría que haber fijado, en reunión sectorial con las comunidades, una fecha de solicitud. Sin embargo, a día de hoy, lo único que se sabe es que se ha aprobado la distribución de 400 millones de euros que se repartirá entre las comunidades autónomas, como se estableció en el Consejo de Ministros del 1 de marzo.
Hay que tener en cuenta que serán los organismos autonómicos los encargados de tramitar estas ayudas: tanto de gestionarlas como de aceptarlas. Aquí, de hecho, se encuentra una clave: las comunidades aseguran que todavía no han recibido el dinero. Solo una vez que lo hayan recibido, se podrá activar la convocatoria de esta ayuda al alquiler, abriéndose el plazo de solicitudes.
Cuando suceda, hay que tener en cuenta que el bono joven tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero: los beneficiarios recibirán todas las cuotas acumuladas hasta el momento, alcanzando la ayuda hasta los 250 euros mensuales. En cuanto a los presupuestos, Andalucía, Madrid, Cataluña y la Comunidad Valenciana son, por ese orden, las comunidades que se llevan más fondos. Por el contrario, Cantabria, La Rioja, Ceuta y Melilla serán las que menos.
¿Dónde solicitar el bono joven para el alquiler?
Como se ha explicado, las comunidades autónomas son las encargas de tramitar el bono joven de alquiler. Una vez que hayan recibido el dinero para su dotación, abrirán la convocatoria en sus respectivos organismos autonómicos. Llegado este momento, se podrá solicitar a través de las oficinas del Departamento de Vivienda de las comunidades, permitiendo el Gobierno que se pueda compatibilizar con otras ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado, que se puede consultar pulsando sobre el enlace anterior.
Otro dato de interés en cuanto a su concesión, es el hecho de que, aunque se sigan cumpliendo con los requisitos, solo se podrá disfrutar por un máximo de dos años. Las cuantías, por su parte, se ingresarán de forma periódica, preferiblemente mensual.
Requisitos del bono joven de alquiler
Los requisitos para solicitar el bono joven para el alquiler se recogen en el citado BOE, tratándose de los siguientes:
- Tener entre 18 y 35 años.
- Tener rentas inferiores a los 24.318,84 euros anuales, cifra que resulta de calcular tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Si se hace la división mensual, equivale a 2.026 euros al mes si se tienen 12 pagas anuales o 1.737 euros si se tienen 14 pagas al año.
- Que la vivienda alquilada sea la residencia habitual.
- Contar con residencia legal en España.
- Disponer de una fuente regular de ingresos que aporte rentas anuales. Se incluyen los trabajadores por cuenta propia o ajena; personal investigador en formación; y personas perceptoras de una prestación social pública (contributiva o asistencial) periódica. Además, se tiene que acreditar una vida laboral de al menos tres meses de antigüedad en los 6 meses inmediatamente anteriores al momento que se solicita la ayuda. También vale con acreditar una duración prevista de la fuente de ingresos durante un mínimo de 6 meses desde su solicitud.
- No exceder los topes máximos de ingresos por el alquiler de la vivienda (podrán variar dependiendo de la comunidad, en concreto de si se trata de una “zona tensionada”).
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