Noviembre es el mes en que la mayoría de los pensionistas esperan recibir la paga extra de Navidad de 2022. Así, a finales del próximo mes muchos de los beneficiarios de pensiones contributivas y no contributivas cobrarán una paga doble, ya que además de recibir su pensión recibirán la extraordinaria o más conocida como la paga extra de Navidad.
Sin embargo, no todos los beneficiarios de las prestaciones de la Seguridad Social contarán con esta paga extraordinaria de Navidad. Según explica el organismo, esta dependerá del tipo de pensión que se perciba y del momento al que se accede.
De esta forma, las personas que tendrán derecho a cobrar la extra serán aquellas que deriven de una pensión de jubilación, de viudedad, orfandad o en favor de familiares. En estas, la Seguridad Social abonará 12 mensualidades más 2 pagas extraordinarias.
Por otro lado, las pensiones que no tendrán derecho a paga de Navidad serán las derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional es decir, las de incapacidad permanente. En estas solo se abonarán 12 mensualidades. No es que no se cobren pagas extraordinarias, es que ya se encuentran prorrateadas a lo largo de las doce mensualidades ordinarias.
Pensionistas que solo cobrarán una parte de la paga extra de Navidad
Según informa la Seguridad Social, los beneficiarios de pensiones tendrán derecho al abono de la paga extraordinaria, siempre y cuando hayan generado al menos una sexta parte dentro de los periodos de devengo. Estos son dos e irán desde el 1 de diciembre al 31 de mayo del ejercicio siguiente, ambos inclusive para la paga de verano y del 1 de junio al 30 de noviembre, también ambos inclusive para la paga extra de Navidad.
Así, por ejemplo, para que un pensionista tenga derecho a cobrar la paga extra a finales de noviembre deberá haber cobrado al menos una mensualidad completa de su pensión entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2022.
Cómo se calcula la parte proporcional de una paga extraordinaria
Para calcular la paga extra de Navidad, la Seguridad Social tendrá en cuenta los meses devengados en el segundo periodo. En este sentido, para cobrar la totalidad de la extraordinaria será necesario haber cobrado los seis meses completos del segundo periodo. El importe de la paga extra de invierno será el mismo al de las pagas ordinarias que vengan percibiendo a lo largo del año.
Así, por ejemplo, un beneficiario que tenga una pensión de 1.200 euros al mes y haya empezado a cobrarla en el mes de septiembre, solo tendrá derecho a cobrar la mitad de la extra de Navidad, ya que solo ha percibido tres de los seis meses del segundo periodo. En este caso, a finales de noviembre cobrará 1.800 euros, de los cuales 1.200 euros son de mensualidad y 600 euros de extraordinaria.
Cabe recordar que la Seguridad Social abonará la paga extra de Navidad el 25 de noviembre de 2022. Hay entidades bancarias que adelantarán el pago en algunos casos al día 22 de ese mes.
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