Los matrimonios y parejas de hecho que terminan sus años de convivencia y se divorcian tienen derecho a percibir una pensión compensatoria vitalicia, es decir, indefinida cuando uno de los cónyuges tenga un desajuste económico demasiado evidente con respecto al otro. Es un derecho que se le da a la parte más desfavorecida en el que la separación le va a producir una desigualdad de condiciones.
Actualmente, las pensiones compensatorias se fijan con un límite de tiempo. Pero la ley también acepta excepciones cuando las circunstancias lo justifiquen para obtenerla por tiempo indefinido. Una cuestión que siempre ha creado mucha polémica, aunque se deduce que esto ya no es lo común, sino una situación excepcional.
El objetivo de esta ayuda es que se reequilibren las partes. Muchos se preguntan cómo pueden solicitarla, un hecho que se explicará en detalle a continuación. Es importante fijarse en quién puede cobrarla y quién no, ya que se debe demostrar de una necesidad real.
¿Cómo solicitar la pensión compensatoria vitalicia?
Para solicitar la pensión compensatoria vitalicia se tiene que pasar por un juzgado, sí o sí. No cabe otra posibilidad. Está amparada en el artículo 97 del Código Civil español y en la Constitución, y sirve tanto para matrimonios como para parejas de hecho. Una vez que se esté en pleno procedimiento judicial de divorcio o separación, se llevará a cabo un convenio regulador por el que ambas parte deciden cuáles son los términos en los que se van a separar.
Así, la sentencia, favorecerá a una parte u otra. Debe ser el juez quien dictamine, en cada caso, cuándo se produce un desequilibrio económico al ver las condiciones en la que se va a quedar la persona más desfavorecida. Sin embargo, no se dará la oportunidad de cobrar esa pensión, de forma mensual, cuando:
- La separación o divorcio desequilibre la economía de ambas partes.
- Cuando se dispongan de bienes o ingresos propios para seguir con un nivel económico similar al que se tenía mientras duraba la relación.
Como solo puede pedirse por uno, la pensión deberá ser solicitada de forma expresa por el marido o la mujer que considere que se le está ocasionando un perjuicio económico. Esto no podrá establecerse por un juez de oficio a voluntad propia, sino que debe ser requerida previamente por una de las partes, para estudiar el caso y que se dicte sentencia y convenio regulador.
Cuantía y duración de la pensión compensatoria vitalicia en 2022
Por regla general, hay dos vías de cobro de esta pensión de un cónyuge a otro. Puede darse en un solo pago o en mensualidades, como es lo común en la modalidad que aquí ocupa. No es una cuantía exacta, sino que existen variables que determinarán lo que corresponde percibir. Actualmente, en España no se recoge en la legislación vigente una cuantía fija, según un baremo.
Los que sí existe es un método de cálculo para ver cuándo tiempo se va a percibir la pensión mediante los años de convivencia. No importa cuántos sean. Lo que se obtiene es un porcentaje que se multiplica por el número de meses que la pareja o el matrimonio hayan hecho vida en común de forma legal. Y, así, el resultado se redondea. Esta fórmula presenta los siguientes porcentajes:
- 16%, si se han vivido de 0 a 4 años.
- 26%, si se han vivido de 5 a 9 años.
- 38%, si se han vivido de 10 a 14 años.
- 52%, si se han vivido de 15 a 19 años.
- 67%, si se han vivido de 20 a 24 años.
- 84%, si se han vivido de 25 a 29 años.
- 100%, si se han vivido 30 años o más.
¿Por qué la pensión compensatoria puede ser vitalicia?
Este tema siempre ha creado mucha controversia. Por ejemplo, un matrimonio se divorcia después de muchos años y tienen hijos en común. Además, la parte más desfavorecida que resulta del proceso pide al juez la pensión compensatoria vitalicia, a pesar de tener estudios superiores e idiomas.
En este caso, se presupondría que esa parte puede trabajar y formar parte activa del mercado laboral. Una sentencia del Tribunal Supremo generó jurisprudencia en el año 2013 al exponer que, si la persona tiene una edad avanzada y tiene hijos a cargo menores de edad, no podrá tener el desarrollo profesional exclusivo. Si ese menor, cuando alcance la mayoría de edad, su progenitor tiene una edad avanzada, cercana a la jubilación, se considera que sí podrá beneficiarse de forma indefinida de esa pensión hasta que alcance la pensión de jubilación de la Seguridad Social.
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