Los pensionistas y jubilados pueden acogerse a la jubilación activa de la Seguridad Social, aunque muchos no saben cuáles son las ventajas y cómo afecta a las cuantías de su pensión. Pero no tendrán de qué preocuparse, ya que esta pensión contributiva permitirá que sigan trabajando hasta los 69 o 70 años y que puedan beneficiarse de mejoras en sus cuantías al mismo tiempo. Para poder acogerse a ella habrá que cumplir con una serie de requisitos.
El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, anunció en la presentación del tercer paquete de medidas anticrisis para hacer frente a la inflación que los profesionales del sector sanitario podrán alargar su vida laboral hasta tres años más allá de la edad de jubilación. Esto les permitirá trabajar hasta los 69 años, si tienen derecho a una jubilación ordinaria; o hasta los 70 años y cuatro meses, si deben jubilarse en la edad legal.
Los beneficiarios que pueden acceder a la jubilación activa mejorada
En las nuevas medidas del Gobierno de España se incluye que todos los profesionales del sector sanitario pueden solicitar la jubilación activa mejorada durante tres años e incrementar su cuantía de pensión. Esto afecta tanto a los trabajadores por cuenta ajena como a los que desempeñan su labor como autónomos.
La única condición impuesta es que para acceder a esta pensión mejorada debe haber pasado al menos un año a partir de cumplir con la edad ordinaria, es decir, los 65 años. Otro requisito es que únicamente pueden ser beneficiarios los jubilados que hayan cotizado el tiempo suficiente para cobrar el 100% de la pensión. En 2023, ese tiempo mínimo es de 37 años y nueve meses.
Nuevas cuantías de la jubilación activa mejorada en 2023
La cuantía de la jubilación activa mejorada en 2023 pasa de ser del 50% hasta el 75% de la pensión, otra novedad anunciada por el Gobierno y que entrará en vigor a partir del 1 de enero del próximo año.
Esto no habrá que solicitarlo a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sino que la administración pública, de oficio, implementará la subida a todos los pensionistas que estén acogidos a esta modalidad de jubilación.
Por regla general, el organismo público explica que durante la modalidad activa se percibe el 50% de la pensión, aunque su la actividad la realiza un autónomo con, al menos, un trabajador contratado como asalariado, la pensión puede cobrarse al 100%. De aquí se deduce que el 75% lo cobrarán los trabajadores por cuenta ajena y los autónomos que no tengan empleados.
Otra novedad y que también mejora la cuantía es la revalorización que sufrirán todas las pensiones contributivas de la Seguridad Social en un 8,5%. Así, la cuantía máxima alcanzará hasta los 3.058 euros mensuales, mientras que las cuantías mínimas corresponden con las siguientes:
Jubilación con 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 966,19 euros.
- Sin cónyuge: 783,04 euros.
- Con cónyuge no a cargo: 743,22 euros.
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