Cuánto se cobra por una incapacidad permanente en 2022

La Seguridad Social recoge cuatro modalidades de pensiones por incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Las tres últimas cuentan con unas cuantías mínimas y máximas establecidas cada año.

Cuánto se cobra por una incapacidad permanente en 2022
Estas son las cuantías mínimas y máximas condedidas por la Seguridad Social.
Isabel Gómez

La incapacidad permanente es una pensión contributiva que otorga el Instituto Nacional de la Seguridad (INSS) a todas aquellos trabajadores que, por diferentes motivos, han sufrido una enfermedad grave o algún accidente y sus oportunidades de trabajo se han visto reducidas o, incluso, anuladas. Cuando esto ocurre, muchas personas se preguntan cuánto se cobra por una pensión de incapacidad permanente, algo que se va a detallar más adelante.

Esta modalidad de pensión se desgrana en cuatro grupos: parcial, total, absoluta o gran invalidez, siendo el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) de la Seguridad Social el encargado de otorgar el grado de minusvalía correspondiente en cada caso. Es cierto que, en cuanto a una persona se le otorga una dicha pensión, ya se le ha reconocido un mínimo del 33% de discapacidad, según el tipo de clasificación.

Tras pasar por una incapacidad temporal o por alguna enfermedad o accidente que les incapacite para llevar a cabo las funciones que desarrollaban en el mercado laboral, muchas personas se preguntan cuál va a ser la cuantía de su pensión, ya que vienen establecidas cada año por los Presupuestos Generales del Estado. Aún así, la respuesta no es nada fácil, porque hay que tener en consideración otros aspectos.

¿Cómo se puede calcular la incapacidad permanente?

Antes de explicarlo, hay que destacar dos conceptos importantes que van a influir para que esa cuantía sea mayor o menor: la base reguladora y el grado de discapacidad concedido. La base reguladora es diferente, según la causa que originó la incapacidad y el salario persibido por el futuro pensionista. Es más beneficioso que provenga de un accidente laboral que de una enfermedad común. El grado que se concede también influye porque cuanto mayor es, más porcentaje de base reguladora se aplicará.

Cuánto mayor sea el grado de incapacidad, se contará con un porcentaje más alto en la base reguladora. Asimismo, si la causa de dicha pensión contributiva proviene de una enfermedad común habrá que contar con un periodo de cotización mínimo:

  • Si se es menor de 31 años: la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha que se cumplió los 16 años y la del hecho causante de la pensión.
  • Si se es mayor de 31 años: la cuarta parte del tiempo transcurrido entre la fecha que se cumplió los 20 años y la del hecho causante de la pensión, teniendo que cumplir con un mínimo de 5 años. La quinta parte del período de cotización tendrá que estar comprendida dentro de los 10 años anteriores al hecho causante.  

Si deriva de un accidente, sea o no laboral, o bien de una enfermedad profesional no se exigirá esta condición.

Estas son las cuantías mínimas y máximas por incapacidad permanente en 2022

Como cada año, la Seguridad Social da a conocer las cuantías máximas y mínimas de quien recibe la incapacidad permanente. El importe de estas varía en función de la situación familiar del interesado y del tipo de dicha pensión que le ha otorgado el Tribunal Médico. Así las cuantías mínimas quedan resumidas de la siguiente forma:

Incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común:

Si el afectado tiene menos de 60 años:

  • Con cónyuge a cargo: 508,50 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 504 euros.
  • Sin cónyuge: 508,50 euros.

Si el afectado tiene entre 60 y 64 años:

  • Con cónyuge a cargo: 797,90 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 609,90 euros.
  • Sin cónyuge: 645,30 euros.

Incapacidad permanente absoluta:

  • Con cónyuge a cargo: 851 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 654,60 euros.
  • Sin cónyuge: 689,70 euros.  

Incapacidad permanente de gran invalidez:

  • Con cónyuge a cargo: 1.276,50 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 981,90 euros.
  • Sin cónyuge: 1.034,60 euros.

La cuantía máxima es fácil de saber. Con la reforma de la ley de la Seguridad Social, impulsada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá; todas las pensiones de la modalidad contributiva han experimentado un aumento del 2,5%. Por tanto, el importe máximo del que se beneficiará un trabajador al que se le haya otorgado una incapacidad permanente es de 2.707,49 euros mensuales.

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