Cobrar dos pensiones a la vez por incapacidad permanente es posible. Eso sí, primero habrá que cumplir con una serie de requisitos previos. La Seguridad Social explica que se trata de un tipo de pensión contributiva que pueden recibir aquellos trabajadores que han sufrido una enfermedad, común o profesional, o un accidente, que puede ser de trabajo o no. Esto puede desencadenar en un empeoramiento de la minusvalía, por lo que el organismo público ha explicado cuáles son las situaciones excepcionales en las que se pueden recibir dos prestaciones por esta incapacidad.
Antes de que se le conceda la ayuda contributiva, el empleado tendrá que pasar por un tribunal médico conocido como Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Será el encargado de hacerle unos exámenes previos para otorgarle un grado de discapacidad y, posteriormente, saber cuál es el dinero que recibirá de pensión.
En el momento que esté todo definido, se le enviará la carta de resolución de incapacidades donde verá qué tipo de incapacidad le corresponde: parcial, total, absoluta o gran invalidez. El proceso puede alargarse más de medio año porque puede tener derecho a cobrar dos pensiones de incapacidad permanente. Algo que la Seguridad Social sí permite cuando cumpla con unas condiciones previas.
Requisitos para cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo
La Seguridad Social permitirá que un pensionista cobre dos pensiones de incapacidad permanente cuando ambas se otorguen por haber cotizado en regímenes de cotización diferentes. Así se recoge en el artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social, donde se especifica que “las pensiones que recaen en un mismo beneficiario deberán ser incompatibles entre sí”.
Esto significa que para cobrarlas, ambas tienen que proceder de dos regímenes distintos en los que esté dado de alta el trabajador solicitante. Para que se comprenda con claridad se va a explicar con un ejemplo.
Puede ocurrir que un empleado sufra un accidente laboral que le dé derecho a una incapacidad permanente absoluta mientras ha cotizado en el Régimen General. Ahora esa persona cotiza como autónomo en el RETA pero a raíz de su primera minusvalía, tiene una nueva enfermedad. En ese momento podrá cobrar dos incapacidades.
Cabe destacar que para cada tipo de pensión por discapacidad habrá unos requisitos específicos que cumplir. Estas condiciones tendrán que ver con un periodo mínimo de cotización.
¿Cuánto se va a cobrar de incapacidad permanente si se cobran dos pensiones a la vez?
En la comunicación del texto de los Presupuestos Generales del Estado 2023, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, comunicó que se espera que las cuantías suban un 8,5% a partir de enero. De media, la incapacidad pasará de los 1.019 euros a los 1.106 euros al mes. Según las estimaciones del Gobierno, las cuantías serán las siguientes:
Incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común:
Si el afectado tiene menos de 60 años:
- Con cónyuge a cargo: 577,22 euros.
- Con cónyuge no a cargo: 577,22 euros.
Si el afectado tiene entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 905,86 euros.
- Con cónyuge no a cargo: 714,14 euros.
- Sin cónyuge: 732,59 euros.
Incapacidad permanente absoluta o total de los titulares de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 966,19 euros.
- Con cónyuge no a cargo: 743,22 euros.
- Sin cónyuge: 783,04 euros.
Incapacidad permanente de gran invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 1.452,60 euros.
- Con cónyuge no a cargo: 1.114,83 euros.
- Sin cónyuge: 1.174,62 euros.
En cuanto a la cuantía máxima, se prevé que esta subirá de los 2.819,19 euros mensuales hasta los 3.058 euros al mes. Aun así, habrá que esperar al IPC medio interanual de noviembre para ver si es cierto que la subida se hace en ese porcentaje o no.
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