Tras la aplicación de la subida de las pensiones en enero de 2021, con un incremento del 0,9% en las contributivas y del 1,8% en las no contributivas; la pensión de jubilación, de incapacidad, de viudedad, de orfandad y la pensión en favor a familiares han visto aumentadas sus cuantías mínimas, con casos en los que, a día de hoy, pueden cobrarse hasta 1.276,5 euros mensuales.
Veamos las cuantías mensuales de las pensiones mínimas establecidas para ver más claro las correspondencias a cada prestación.
Pensiones mínimas mensuales de la Seguridad Social para 2021
La pensión mínima de jubilación en 2021
Teniendo en cuenta estos datos, establecemos tres rangos para la pensión de jubilación:
65 años de edad.
Las personas jubiladas de manera ordinaria con 65 años de edad, tendrán derecho a una prestación mínima de 841 euros en 14 pagas. Esta cuantía se establece con cónyuge a cargo.
En el caso de no tener cónyuge a cargo (tiene, pero no depende de él/ella económicamente); el importe a recibir será de 654,6 euros mensuales más sus pagas. Si no tiene cónyuge, le corresponderán 689,7 euros al mes.
Menores de 65 años
En caso de pensionistas acogidos a una jubilación anticipada, su cuantía mínima de pensión será 797,9 euros al mes con dos pagas extras si tienen cónyuge a cargo. En caso de no tenerlo a cargo, 609,9 euros al mes. Si no tiene cónyuge la cuantía se fijará en 645,3 euros al mes.
Personas de más de 65 años con gran invalidez
Si se trata de una jubilación a partir de los 65 años, combinada con una incapacidad permanente reconocida como Gran Invalidez (ver aquí certificado de discapacidad y grados), la pensión mínima de jubilación, siempre que además se tenga cónyuge a cargo, será de 1.276,5 euros al mes, en 14 pagas.
En caso de no tener cónyuge a cargo el importe se fijará en 981,9 euros al mes y si no se tiene, de 1.034,6 euros.
Pensiones de incapacidad
Para las pensiones por incapacidad, el caso que establece una cuantía mínima máxima de 1.276,5 euros es el de Gran Invalidez, que fija esta cuantía en el caso de que el/la pensionista tenga cónyuge a cargo. En el caso de no tener a cargo, sería de 981,85 euros y si no se tiene cónyuge, de 1.034,57.
El resto de grados de invalidez establecen cuantías más bajas, como podemos observar en la tabla anterior.
El resto de las pensiones, tanto contributivas como no contributivas, no alcanzan los 1.276,5 euros, sea cual sea el caso en particular.
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