Aunque no es lo habitual, puede existir la posibilidad de que, desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), deniegue el subsidio para mayores de 52 años. El principal motivo por que no se acepta la prestación es no contar con el requisitos de los 15 años cotizados. En este caso los desempleados deben saber que existen otros subsidios, con cuantías de 480 euros al mes.
El gobierno de España en la lucha contra la protección contra el desempleo dispone de diferentes ayudas y subsidios que se deberán de solicitar en el SEPE o antiguo INEM. En total son ocho los tipos de prestaciones por desempleo a las que se podrá acceder en el caso de denegar subsidio para personas desempleadas mayores de 52 años.
La principal alternativa aunque con diferencias es la única es la Renta Activa de Inserción, la cual tiene una duración máxima de 33 meses.
Renta Activa de Inserción (RAI)
La Renta Activa de Inserción es una ayuda del Servicio Público de Empleo para desempleados de larga duración que tras agostar la prestación contributiva siguen sin encontrar trabajo. Esta ayuda de 480 euros al mes se puede cobrar durante once meses y en el caso seguir sin encontrar empleo se podrá solicitar dos prórrogas.
Requisitos
Para acceder a este subsidio extraordinario, es necesario cumplir con una serie de requisitos:
- Estar en el paro e inscrito como demandante de empleo.
- Tener menos de 65 años.
- No tener ingresos mensuales que sean superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, no superar los 810 euros al mes.
- La suma de las rentas de la unidad familiar dividida en el número de miembros no debe superar el 75% del SMI.
- No haber recibido esta ayuda durante un año antes de solicitarla.
- No haber sido beneficiario de tres derechos al programa de renta activa de inserción.
Cómo solicitarla
Existen tres formas de solicitar la RAI, por internet, a través de la Sede Electrónica del SEPE, de forma presencial, en las oficinas de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal con cita previa y por último, mediante correo.
En el momento de cursar la solicitud hay que presentar una serie de documentos. Entre estos, presentar la solicitud de la Renta Activa de Inserción, suscribir al compromiso de actividad, la búsqueda. Activa para el empleo (BAE) o la declaración anual de rentas. Este último no es obligatorio, pero el cualquier momento el SEPE podrá exigirlo a beneficiario.
Otras ayudas si te deniegan el subsidio para mayores de 52 años
Pero la RAI no es la única prestación económica a la que pueden acceder los mayores de 52 años en el caso de que le denieguen la ayuda principal. Y es que también existen otra serie de cuantías de las que puede beneficiarse.
Subsidio para mayores de 45 años
Es una prestación para desempleados mayores de 45 años que no cuentan con cargas familiares y se cobra 480 euros al mes. La principal diferencias respecto al subsidio para mayores de 52 años es que, mientras este último de cobra de manera indefinida el de 45 años solo dura como máximo seis meses. Por contra no es necesario reunir los quince años de cotización a la Seguridad Social.
Para conocer cuáles son los pasos que deben dar para solicitar esta prestación, se puede completar la información a través de cómo solicitar el subsidio para mayores de 45 años.
Ayuda familiar
A diferencia de la prestación anterior, esta ayuda sí está destinada a aquellas personas que tengan cargas familiares, también con un importe de 480 euros mensuales. Además, también será necesario haber agotado la prestación contributiva y tendrá una duración de seis meses que pueden ser ampliados hasta llegar a los 30.
En el caso de reunir los requisitos es recomendable acudir al siguiente artículo donde se explica cómo solicitar el subsidio familiar para desempleados.
Subsidio Extraordinario por desempleo (SED)
Es la última ayuda extraordinaria que se puede solicitar, cuenta con una duración de seis meses y el importe es el mismo que los anteriores subsidios explicados. Es decir primero hay que agotar la prestación contributiva y seguidamente otras como las ayudas por desempleo o RAI.
En el siguiente artículo se explica todos los detalles de esta ayuda y como solicitar por internet el subsidio extraordinario por desempleo (SED).
Ingreso Mínimo Vital
Es la única prestación que no se pide al SEPE, sino que, en este caso, hay que pedirla al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El Ingreso Mínimo Vital o IMV es una ayuda que busca garantizar de unos ingresos mínimos a familias en situación de extrema necesidad. Las cuantías van desde los 565,37 euros, hasta los 1.243,83 euros al mes y dependerá de los ingresos de la unidad familiar y de los miembros que la conformen.
Existe simuladores que ayudan a determinar si el beneficiario puede o no solicitar la ayuda, pero es conveniente acudir a esta guía del Ingreso Mínimo Vital donde se detalla paso a paso cómo debe de solicitarse para su aprobación.
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