Lidl: los cambios o avisos enviados a sus trabajadores por WhatsApp no serán válidos

El Convenio Colectivo de Lidl protege el derecho a la desconexión digital, estableciendo que las comunicaciones por WhatsApp fuera del horario de trabajo no serán efectivas.

Lidl: los cambios o avisos enviados a sus trabajadores por WhatsApp no serán válidos
Convenio Colectivo de Lidl
Esperanza Murcia

El Convenio Colectivo de Lidl recoge una serie de derechos importantes para todos sus trabajadores. Uno de ellos es el de la desconexión digital, para respetar el tiempo libre y descanso de los empleados. Una garantía que, en una época marcada por la digitalización, lucha contra la difícil separación entre la vida laboral y privada. 

Es totalmente habitual que, después de estar ocho horas trabajando, se reciba un WhatsApp con las tareas del día siguiente, con un cambio de última hora o, en definitiva, cualquier otra comunicación de la empresa o los empleadores. No obstante, la cadena de supermercados ha marcado un límite, recogido en el artículo 21.7 de su Convenio

“Las personas trabajadoras tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del horario laboral, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar. Las comunicaciones que, por causa justificada o fuerza mayor, deben realizarse fuera del horario laboral, deberán realizarse por los medios oficiales (teléfono, correo corporativo, etc.)”.

Este último punto es importante, ya que establece que solo serán efectivas las comunicaciones que se envíen por los canales oficiales de la empresa. Esto es, no serán válidos los avisos o cambios que se comuniquen por aplicaciones de mensajería instantánea, como puede ser WhatsApp. 

Las comunicaciones solo por medios oficiales 

El citado artículo del Convenio Colectivo de Lidl, sigue ahondando en este punto: “Todos los cambios de horarios, descansos, etc., comunicados por medios no oficiales (como WhatsApp, SMS o aplicaciones de mensajería instantánea), serán nulos y sus efectos, serán asumidos por la Empresa”. En otras palabras, si en alguno de sus supermercados o espacios de trabajo se utilizan estos canales para informar de cambios laborales, estos no serán efectivos. El trabajador no tendrá que responder por ellos si no se han comunicado por medios oficiales. 

De ese modo, la compañía alemana protege a su plantilla de los constantes ‘excesos’ de la tecnología que, en algunos casos, obliga a los trabajadores a estar permanentemente conectados. Ya no solo fuera de su jornada laboral, sino también en sus periodos de descanso o durante las vacaciones. Esto, además de no respetar el descanso de los trabajadores, puede generar estrés o el llamado síndrome del trabajador quemado

La desconexión digital, lucha de los sindicatos 

Desde UGT, llevan varios años avisando de los peligros de la “posibilidad de conectividad constante’ que implican las herramientas digitales, como son las aplicaciones de mensajería instantánea. Una conectividad que prolonga más de la cuenta la jornada laboral, interrumpe los descansos, aumenta la carga de trabajo y que, en conjunto, puede debilitar la salud mental de los trabajadores

Así lo expone el sindicato, citando como ejemplo en su página web que, según datos de 2021, la primera causa de muerte por accidente laboral fueron los infartos y derrames cerebrales, que son patologías relacionadas “con la existencia de riesgos psicosociales en los entornos de trabajo”. Por estos motivos, los sindicatos resaltan que las empresas deben crear una política interna que recoja este derecho, así como las medidas y acciones para garantizar su cumplimiento. 

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